La educación irreemplazable

Marcelo Angriman *

Por medio del Decreto 579/2020, el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley Nro. 27550 de educación a distancia para menores de 18 años,  cuando la presencia de estos últimos resulte imposible.


La iniciativa aprobada modifica el artículo 109 de la Ley 26.206 de Educación Nacional, que solo  habilitaba dicha modalidad de estudios para mayores de 18 años y  para  alumnos del nivel secundario en zonas rurales.


Con la flamante ley, la educación a distancia será autorizada cuando la escolaridad presencial -total o parcial- resulte inasequible  y “únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos”.


Esta excepcionalidad deberá ser declarada previamente por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación o con la jurisdicción según corresponda.
La norma tiene tres elementos resaltables. El primero es el de convalidar el año lectivo en curso, otorgando seguridad jurídica a la situación irregular  generada por el dictado de clases a distancia frente a la intempestiva emergencia sanitaria.


El segundo, y a mi entender más importante, el de destacar el carácter excepcional de la modalidad y con ello la reivindicación de la educación presencial.
En un país que se enamora frecuentemente de lo provisorio hasta eternizarlo, marcar sin eufemismos el alcance temporal de una disposición legal deviene en auspicioso.


En tal sentido, la experiencia de estos meses de pandemia ha sido suficiente para poner en valor a la educación de cuerpo presente. A  tal punto que en la exposición de motivos de la ley, la presidenta de la Comisión de Educación, Cristina López Valverde, sostuvo que: “La escuela es una institución irremplazable”.
Tal diagnóstico no es casual, ante la cruda evidencia de niños que declaman por sus compañeros, por la falta de interacción interpersonal y por  la carencia del espacio físico escolar, desde lo cognitivo, pero más aún desde lo afectivo.


Ese “otro” espacio, ese “pasaje de umbral” y desarrollo de la autonomía a través de la potencial emancipación (Michael Foucault)  se difuminan,  cuando la escuela se interna  digitalmente en hogares pensados para otra realidad.


Como señala Inés Dussel al analizar la experiencia de las clases en confinamiento, los estudiantes secundarios de clase media suelen sentirse muy observados por sus padres y docentes; los profesores,  a su vez, por los progenitores de sus educandos,  transformándose todo en un gran panóptico que disuelve la complicidad educativa propia del aula real.


La falta de sincronicidad a la hora de dar la clase, la quietud extrema  y  las extensas jornadas de concentración -en tiempos de atención flotante- son el remate de una solución, solo justificada por la emergencia.
En tercer lugar, la ley se sumerge  en el terreno más incierto, al señalar que  se deberá atender a la provisión de recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa en condiciones de calidad..


Si bien tal anhelo es deseable, aparece como una cláusula programática en un país como el nuestro,  con  tantas desigualdades que seguramente se intensificarán ante la crisis económica pospandémica.
Ya los sectores más vulnerables han planteado sus enormes dificultades para acceder a la conectividad y para encontrar en sus propios hogares un lugar  físico donde realizar las tareas, sin contar con el seguimiento de adultos que los tutelen. Extremos todos que fomentan el desgranamiento y la deserción escolar, muy lejos de la simetría pregonada.


Tendrá que existir entonces una fuerte decisión política para que la educación a distancia brinde igualdad de oportunidades,  cuando la disponibilidad de la tecnología, hoy claramente la deniega.


La ley  promulgada sirve entonces para estabilizar al paciente, a la espera de volver a su vida normal. En el caso de niños y adolescentes, a la irreemplazable educación presencial.  La misma que tan noblemente,  ha cobijado a generaciones enteras de argentinos.


* Abogado. Prof. nac. Educación Física. Docente Universitario. angrimanmarcelo gmail.com


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