La familia como ámbito de vulneración de derechos

pATRICIA Sánchez Carlos Ñanculeo (*)

La estructura familiar se ha modificado en el transcurso de la historia. Desde las primeras organizaciones del hombre primitivo hasta el presente siglo, tanto la función de la familia como su composición han evolucionado hasta adquirir las formas actuales. Hace muy pocos años, en Argentina constituían familia sólo aquellas organizaciones que se ajustaban a determinados parámetros. Y se descalificaba y desestimaba a otras estructuras convivenciales existentes, tales como las uniones homoafectivas. Los movimientos sociales contribuyeron al reconocimiento y legitimidad de dichas uniones, jurídicamente desprotegidas. Lo expuesto explica que el concepto de familia no es invariable: tanto su constitución como las funciones que se le atribuyen son producto de la cultura de la época. El principal mito sobre la familia Pese a su puesta en cuestión, subsisten ciertos mitos respecto de la familia de origen. Mitos son creencias y representaciones sociales que, aceptados como verdades absolutas, crean significaciones y formas de percibir que se naturalizan de manera irreflexiva. Uno de ellos implica creer que la familia de origen es el ámbito en el que siempre se brinda afecto y cuidado a sus integrantes. Los trabajadores sociales conocemos personas, historias de vida y sucesos que indican lo contrario: que la familia de origen no siempre es el mejor ámbito para que un niño se desarrolle. Cuando los padres dañan Las dificultades de Pablo surgieron a temprana edad. Con sólo diez años, eran constantes las quejas desde el ámbito escolar y las intervenciones de la policía por encontrarlo deambulando a altas horas de la noche. Estos dos comportamientos eran claros indicadores de que algo ocurría al interior de su familia. Pablo no fue un hijo deseado y así fue tratado: como un error, como un ser indeseable. Con el tiempo sus acciones se tornaron más riesgosas y se fue constituyendo en un adolescente peligroso. Así fue determinado, en primera instancia, por sus padres y luego confirmado por su entorno comunitario. Él aceptó el estigma estructurando su personalidad en torno a la creencia de que estaba destinado a vivir y morir como un delincuente. Ante esta historia de vida cabe preguntarnos: ¿qué opción hay cuando la familia de origen, aquella en la que se establecen los primeros vínculos, en la que surgen los primeros afectos, es un ámbito que provoca daño, deteriora, excluye, vulnera? ¿Cómo se resguarda a los niños de los padres negligentes? ¿Cómo se trabaja con este tipo de padres? Acogimiento familiar e internación como alternativas En la provincia de Río Negro la ley 4109/2006, denominada “Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”, establece en su artículo 39 que, si se constata fehacientemente que los derechos de niñas, niños o adolescentes se encuentran vulnerados, podrá resolverse la incorporación a otro núcleo familiar. En caso de que no existieran familias en condiciones de asumir ese cuidado, la medida opcional es la internación en una institución. Es una medida de protección transitoria hasta que se superen las causas que la motivaron. Dichas instituciones son recursos imprescindibles si funcionan adecuadamente, puesto que permiten dar respuesta inmediata cuando hay niñas, niños y/o adolescentes expuestos a situaciones de riesgo que no es posible incorporar a grupos familiares alternativos. La intervención del trabajador social Habitualmente los trabajadores sociales intervenimos en contextos familiares adversos que suelen estar atravesados por múltiples problemáticas: pobreza, desempleo, abuso, violencia y otras, algunas de los cuales son crónicas en las familias. Sin embargo, ello no implica que sus integrantes sean personas que carezcan de fortalezas o capacidades. Las familias rotuladas como problemáticas también cuentan con recursos, potencialidades, que es necesario que los profesionales identifiquemos como punto de partida para nuestra intervención. Registrar sólo las dificultades o aquello que no saben o no pueden no nos permitirá acompañar adecuadamente a las personas en el proceso de cambio. Es fundamental que en el proceso no intentemos imponer nuestro propio modelo de familia. Actualmente hay nuevas constelaciones familiares que, en muchas ocasiones, han demostrado brindar mayor contención y cuidado a sus integrantes que la familia de origen. Las familias en situación de carencia y con problemas no resueltos habitualmente tienen pocas expectativas de cambio. Por consiguiente, el proceso suele estar acompañado por el desaliento. En estos casos es útil vincular a la familia con la seguridad de que el cambio es posible y que no destruye sino construye. Orientados por el postulado del enfoque sistémico que indica que cualquier modificación, por pequeña que sea, impacta en el sistema todo, al inicio de la intervención se sugiere propiciar cambios simples que no signifiquen a las personas grandes esfuerzos. Esto contribuirá con su perspectiva de la situación y transformará ese estado de abatimiento en optimismo. Otro punto a estimar es el par polar: imposición de la intervención versus demanda de la misma. Generalmente se obliga a las familias a aceptar la intervención profesional. La ausencia de demanda enfrenta a los profesionales con mayor resistencia. En estas situaciones es necesario desplegar toda la creatividad posible para transformar la imposición en una necesidad. Es común encontrarnos con colegas de otras instituciones que intervienen en la misma familia. Es útil recordar que todas las intervenciones impactan en la vida de las personas, por lo que se debe procurar que estas no sean contradictorias. A los efectos de evitar que las familias caracterizadas como multiproblemáticas se transformen en objeto de intervenciones simultáneas, se sugiere conformar una red de trabajo constituida por profesionales de diferentes instituciones locales para que sólo una dupla que integre dicha red lleve adelante el proceso. En forma conjunta se realizará la planificación de la intervención que ambos profesionales desarrollarán, la cual se constituirá en un abordaje integral. Cuando no se efectúa de esta forma, la intervención puede ser parcializada, puesto que está orientada sólo por aquel aspecto que le preocupa a la institución en la cual se desempeña el profesional. La experiencia ha demostrado que en las familias multiintervenidas no se generan modificaciones e incluso, en algunos casos, se las deteriora aún más. En virtud de que las familias vulnerables suelen carecer de sistemas de soporte, se sugiere integrarlas a una red social, propiciar que los vínculos que establezcan con personas o instituciones se constituyan en su red de contención y les faciliten el acceso a los recursos que necesiten. Conclusión A nuestro entender, en las familias vulneradoras de derechos suelen observarse características en común: incompetencia parental, fronteras generacionales difusas, jerarquía familiar invertida y ausencia de sistemas de apoyo tanto del entorno familiar como del contexto social. Cuando se indaga en la historia personal de cada uno de los cónyuges, es habitual observar que ambos proceden de familias con características similares. Al unirse y procrear suelen constituir un sistema familiar vulnerable y con características que las ubican en situación de riesgo. Sólo con que los padres no cumplan las principales funciones básicas, como proporcionar a sus hijos protección, facilitar la satisfacción de sus necesidades fundamentales, brindarles afecto y propiciar que incorporen normas y valores sociales, se quebrantan los derechos de los hijos y se les impide que desarrollen su capacidad de inserción al medio social. De esta manera, se les impone a los niños una trayectoria vital de vulnerabilidad en la que estarán en conflicto constante con su entorno. (*) Especialistas en Trabajo Social Forense


Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Certificado según norma CWA 17493 <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Comentarios