La Justicia condenó a un Jardín que no aceptó a una niña que lloraba mucho

Para el juez no se trató que "la niña no se adaptó a la institución” sino que “esta última no se adaptó al desafío que la niña presentaba”.

La Justicia condenó a un jardín maternal de Viedma a pagar un resarcimiento en favor de una madre que debió retirar a su hija del establecimiento porque sus autoridades le explicaron que lloraba mucho, aconsejándola que la hiciera ver.

El juez Leandro Oyola consideró que “el establecimiento no tenía cauce legal para obrar como lo hizo, y tampoco demostró realizar todos los esfuerzos, que por otro lado le corresponden en tanto Jardín Maternal, para que el tránsito de iniciación escolar sea debidamente receptado desde la institución. No se trata que la niña no se adaptó a la institución” sino que “esta última no se adaptó al desafío que la niña presentaba”.

Puntualmente, la menor concurrió al jardín y, después de unas semanas, las autoridades pidieron a su madre que “no la lleven más y la hagan ver por un psicopedagogo y un pediatra”. Ese planteo fue expuesto por la directora a sus padres, a quienes les indicó que “la niña no había logrado integrarse al grupo, que presentaba un cuadro de angustia y no permitía que el resto del grupo trabaje, razón por la cual finalmente les pidió que no la lleven más al Jardín y que la haga ver por un psicopedagogo y su pediatra». La niña estaba lloraba casi constantemente, refirieron.

Luego, la madre concurrió al Consejo de Educación y, después de esa intervención, la directora solicitó disculpas y procuró que la niña vuelva al jardín, a lo cual, la progenitora alegó falta de confianza.

En su fallo, el magistrado aceptó que “la directora intentó remediar su conducta, en base a la claras indicaciones de Educación y el equipo técnico correspondiente” pero resaltó que igualmente se corroboró “su incumplimiento contractual respecto del tránsito en el periodo de iniciación de la niña”. Agregó que “no surgen de los informes efectuados por la demandada, ni de los dichos de los testigos, cuál fue la propuesta pedagógica que el Jardín Maternal ponía a disposición”. El juez recalcó que no era un desafío “imprevisible para un establecimiento especializado”.

En su demanda civil, la mamá entendió que “la conducta de la autoridad del Jardín era discriminatoria, excluyente, lesiva de los derechos fundamentales de la niña, excluyéndola arbitraria y tempestivamente del Sistema Educativo”.

En su versión, las autoridades del establecimiento contaron que “luego de 4 semanas sin que pudiera lograr un progreso en su adaptación, el equipo docente y autoridades de la institución efectuaron una evaluación del caso de la cual concluyeron en aconsejarle a los padres el reinicio del período de adaptación, previa consulta de profesionales médicos, psicopedagogos y/o psicólogos a fin de que evaluaran a la niña”. Argumentó “la inexistencia del daño”.


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