La Justicia dispuso la intervención del Correo Argentino y separó a los directivos

La medida la dispuso la jueza en lo comercial Marta Cirulli. Y había sido solicitada por el Procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini.

La jueza en lo comercial Marta Cirulli dispuso hoy la “intervención plena” de la empresa Correo Argentino y el “desplazamiento total” de su directivos, según un fallo al que accedió la agencia de noticias Télam.

Las medidas habían sido solicitadas por el Procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, y la fiscal ante la Cámara en lo Comercial, Gabriela Boquín, luego que fracasaran las propuestas de acuerdo de pago acreedores.

A principios de febrero, la fiscal de Cámara Gabriela Boquin había pedido la intervención de la firma, tras señalar que “luego de más de quince años en que debiera haberse encauzado el procedimiento del cramdown en primera instancia nos encontramos frente a un escenario en el cual durante el extenso lapso de tiempo transcurrido, la concursada perpetró actos de gravedad ligados vaciamiento de la empresa y/o fueron efectuados violando” la Ley de Concursos y Quiebras.

La fiscal recordó que el “cramdown” fue ordenado por primera vez en octubre de 2004, pero que nunca se concretó. En un dictamen posterior al de Boquin, el procurador del Tesoro, Carlos Zannini, adhirió a su planteo.

La empresa presentó la semana pasada un recurso extraordinario para evitar que se abra el salvataje, tal como ordenó en diciembre la Cámara Comercial. Se trata del procedimiento que obliga poner en venta las acciones y que una eventual compradora especifique cómo pagará las deudas. Si fracasara ese camino, el paso que sigue sería la quiebra, que debería ser asumida por la controlante, Socma (que posee actualmente las acciones de Sideco). El grupo Macri ahora intenta llevar otra vez la discusión a la Corte Suprema, que ya falló dos veces contra sus intereses.

El fallo de la jueza Cirulli advierte que “la aparición en el año 2019 de una deuda que dataría del año 2000, que no se conocía y sólo pudo comprobarse por la labor del coadministrador y el contador público que lo asiste, confirma que subsiste un enorme margen de duda respecto a la sinceridad del comportamiento de la concursada en esta instancia clave del procedimiento, donde se juega su suerte”. Agrega que tampoco se cuenta con ningún indicio en punto a la presentación de las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a las Ganancias y al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta a partir del año 2013, ni de los pagos consecuentes en favor de la AFIP en caso de haber correspondido».


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