Los alcances del feriado
Los Ministerios de Trabajo y Economía prohibieron que se ocupen trabajadores en el comercio el día del Censo, el próximo 27 de octubre, para facilitar la realización del relevamiento. En la resolución conjunta 1159/2010 y 639/2010 se recuerda que reviste calidad de feriado nacional por lo que en esa fecha regirán las normas legales sobre descanso dominical. Según la norma, para asegurar el eficaz cumplimiento del Censo se restringe la ocupación de los trabajadores en la actividad comercial hasta las 20 horas de ese día para la realización de actividades de esparcimiento y gastronomía. En tanto, se recuerda la prohibición de funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada. La medida incluye a los shopping y supermercados.
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