Multan al Ipross por no atender a la hija de la mujer condenada

Mientras el fuero Penal de Cipolletti le fijó una pena de seis meses de prisión en suspenso, el fuero de Familia intimó nuevamente a la obra social para que cubra con la cobertura de la niña.

Al mismo tiempo que el fuero Penal condenaba a Elida Rosa por amenazas simples a empleados del Ipross en Cipolletti, el fuero de Familia multó a la obra social de la provincia por no cumplir con la cobertura de la hija de la mujer que hace años viene reclamando la falta de atención.

El lunes, el fiscal jefe Gustavo Herrera selló un acuerdo con el defensor particular para condenar a la cipoleña a seis meses de prisión en suspenso. El juez Julio Sueldo homologó el pacto.

Casi en simultáneo la Justicia de Familia emitió una resolución en la cual multaba a la mutual estatal al pago de 500 pesos diarios hasta que reintegre el total del gasto por clases de musicoterapia que la niña realizó durante tres meses: desde febrero hasta abril. Este fallo se suma a una veintena de intimaciones que hizo Familia en favor de la condenada.

Ante la falta de respuesta del Ipross la madre costeó el gasto de las clases que forman parte de su tratamiento. La mujer tuvo que recurrir a la Justicia para que interceda ante un nuevo incumplimiento. Como en las presentaciones previas Familia volvió a fallar a su favor y le intimó a la mutual que haga efectivo el abono de los gastos que realizó Elida.

El juez Jorge Benatti le dio cinco días hábiles al organismo para que reintegre los gastos de la mujer en una cuenta bancaria. El fallo que tiene fecha del 27 de mayo el mismo día que se desarrolló el juicio abreviado. Esta nueva resolución se suma a otras 18 que la justicia falló en favor de la mujer.

Justamente el hecho por el cual fue condenado Elida Rosa, el 21 de diciembre de 2017, respondía a uno de los tantos reclamos que la mujer realizó en la sede cipoleña del organismo provincial. Ese día ingresó al edificio ubicado sobre calle Sáenz Peña y le recriminó a varios empleados por la falta de cobertura para su hija.

Es que la niña debía hacer un estudio impostergable en Bariloche. El médico le recomendó hacer el viajar en taxi o en un vehículo particular y la obra social se lo negó. De hecho tuvo que volver a intervenir el fuero de Familia para que le reintegre los gastos del viaje que pudo hacerlo meses más tarde.

En el acuerdo por el juicio abreviado, en el cual la imputada debe reconocer su responsabilidad, tiene prohibido por el plazo de tres años ingresar al Ipross como así también comentar en redes sociales en contra de cualquier funcionario del organismo.

El requisito de impedir el ingreso al Ipross le genera muchos problemas a la mujer que además tiene otros hijos, todos menores de edad. Siempre fue ella quien gestionó que se cumplan las prestaciones para la menor y con esta decisión la responsabilidad recaerá sobre el padre.


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