Rigen las nuevas reglas para las pantallas led en Neuquén: habrá multas y hasta decomisos por incumplimientos

Las notificaciones a los titulares de las pantallas le de publicidad en la vía pública saldrán los próximos días, tras la reglamentación de la ordenanza que se sancionó en julio. Dónde están.

Redacción

Por Redacción

La subsecretaría de Comercio instruirá a los titulares de las pantallas led sobre las reglas técnica para su uso en la vía pública (foto Cecilia Maletti)

La subsecretaría de Comercio instruirá a los titulares de las pantallas led sobre las reglas técnica para su uso en la vía pública (foto Cecilia Maletti)

La subsecretaría de Comercio del municipio saldrá a notificar a los titulares de las pantallas publicitarias de tecnología led en Neuquén, sobre las reglas que entraron en juego la semana pasada, con la publicación de la ordenanza que reguló estos dispositivos en los edificios y principales corredores viales de la ciudad.

Según se conoció, la reglamentación ya está a la firma de los funcionarios. El boletín oficial del 3 de agosto puso en vigencia la normativa que está en reglamentación y el área de Comercio deberá aplicar las restricciones.


El proyecto salió del propio Ejecutivo, que buscó poner orden a los avisos luminosos que comenzaron a poblar las terrazas de los edificios de Neuquén. También corredores viales como la Autovía Norte.


Cuántas son y dónde podrán estar


Según se conoció, hay entre 12 y14 pantallas funcionando “pero cada vez hay más pedidos” para colocarlas en la ciudad, dijo el presidente del bloque del MPN, Atilio Sguazzini, cuando se aprobó la actualización de la regulación de estas pantallas. Se fijó un canon anual de 84.000 pesos por metro cuadrado de pantalla.


Los anuncios publicitarios fijados sobre los techos de edificios deberán tratarse integralmente con las características de la edificación sobre la que se apoya. No fueron permitidos carteles con estructuras independientes sobre los techos. Ni pueden superar la altura fijada para el predio donde están colocados, según el código de planeamiento urbano. Los permisos podrán ser revocados.

Los dueños de las pantallas deberán adecuar su funcionamiento a la reglamentación, se indicó desde Comercio (foto Cecilia Maletti)


El funcionamiento de las pantallas digitales será precario, serán continuamente controladas a fin de resguardar la seguridad vial y el interés público. La publicidad urbana con dispositivos led o tecnología análoga, sin sonido, visible desde la vía pública “requerirá autorización municipal previa” a la instalación.


Y deberá cumplir con condiciones de seguridad, instalación, mantenimiento y funcionamiento. No se habilitará el uso cuando por reflejo o brillo de luces, o luz intrusa proyectada, perjudique a los vecinos que residan en las cercanías o induzca a la confusión (por la dinámica de sus contenidos o por circunstancias técnicas), encandilamiento o distracción peligrosa para la circulación vehicular o peatonal.


Los titulares de las pantallas y los del predio o edificio



Si las pantallas no cumplen con los requisitos técnicos (provocan distracción o encandilamiento) para evitar la perturbación del tránsito y de los frentistas, serán multadas y hasta clausurado su uso. Si constituye un contaminante visual el lugar donde está dispuesta, podrán ser multado quien usa el cartel y el propietario que habilitó el lugar.

El nuevo código contravencional que rige para la ciudad, sanciona el incumplimiento de las pautas técnicas para la instalación de la publicidad, no solo por la afectación o molestias que pueda generar en los edificios o vecinos afectados por el cartel, sino por la posible distracción o encandilamiento a los conductores.

Los dispositivos que no cumplan con los requisitos serán multados y hasta decomisados. Incluso los dueños del predio donde están instalados (foto Florencia Salto)


La normativa prevé algunos corredores donde no se permitirá el uso de las pantallas led, como por ejemplo, en la salida e ingreso del acceso norte hasta el cañadón de las Cabras, por avenida Raúl Alfonsín. “La incorporación de este tipo de soportes tecnológicos no puede ser considerado exclusivamente desde una perspectiva comercial, sino que debe ser compatible con finalidades de interés público municipal, como la seguridad vial, protección del paisaje urbano y preservación de condiciones razonables de convivencia urbana”, se estableció.


La subsecretaría de Comercio del municipio saldrá a notificar a los titulares de las pantallas publicitarias de tecnología led en Neuquén, sobre las reglas que entraron en juego la semana pasada, con la publicación de la ordenanza que reguló estos dispositivos en los edificios y principales corredores viales de la ciudad.

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