Revisan las inspecciones al turismo estudiantil

La comuna analiza un nuevo protocolo para los controles en hoteles de turismo estudiantil. Un fallo del juez Bernardo Campana dictaminó que los inspectores no pueden entrar en las habitaciones.

El fallo judicial que cuestionó la facultad de los inspectores municipales para ingresar a una habitación de hotel sin autorización de los huéspedes obliga al municipio a revisar el protocolo de actuación en esos casos, aunque la asesoría letrada analiza también la opción de apelar la sentencia.

El secretario de Turismo municipal, Marcos Barberis, aclaró que la ordenanza que regula las inspecciones “no fue declarada inconstitucional”, sino que existe “diferencia en las interpretaciones”. Dijo que la Asesoría Letrada del municipio no definió todavía si apelarán la sentencia ante la Cámara en lo Criminal, pero sí tienen previsto trabajar en un nuevo procedimiento para los controles en los hoteles de turismo estudiantil.

El replanteo es una derivación de la causa iniciada en agosto de 2014 por una denuncia del juez platense Víctor Violini, acompañante de un grupo estudiantil, que demandó al municipio por una inspección en el hotel Monte Claro, donde fueron decomisadas 89 botellas de bebidas alcohólicas de 21 habitaciones.

El fallo del juez Bernardo Campana sobreseyó a las dos inspectoras que actuaron ese día, al gerente del hotel y al coordinador de la empresa estudiantil, pero observó que los funcionarios “realizan una interpretación errónea de las ordenanzas” al entender que se encuentran habilitados a ingresar a las habitaciones de turismo estudiantil.


El juez de Instrucción, Bernardo Campana, sobreseyó a cuatro personas por entrar “ilegalmente” en los dormitorios de dos grupos estudiantiles alojados en el hotel Monte Claro, pero consideró que el accionar resulta inconstitucional en cuanto al respeto a la intimidad y la “inviolabilidad” del domicilio.

Estela Andrade y Patricia Rivas, empleadas municipales, Mauro Andrés Lizzano, coordinador de una empresa de turismo, y Carlos Alberto Salgado, gerente de hotel, fueron imputados por la fiscalía por un hecho ocurrido en agosto del 2014. En aquella oportunidad entraron en las habitaciones del hotel, inspeccionaron las pertenencias de los jóvenes, y secuestraron varios elementos sin contar con una orden judicial.

Fuentes judiciales indicaron que la decisión del magistrado evaluó que las inspectoras imputadas obraron con la intención de cumplir sus obligaciones y controlar en especial las condiciones de alojamiento brindadas por el hotel a sus pasajeros.

Campana tuvo en cuenta que los acusados no actuaron con la intención de realizar un allanamiento ilegal y que por ello no “elaboraron un plan delictivo que tuvo en miras allanar en forma ilegal el domicilio de los pasajeros”.

“Andrade y Rivas, como así las personas que con ellas colaboraron, actuaron convencidas de que cumplían su deber y que las ordenanzas municipales las facultaba al ingreso”, añadió.

En el marco de la sentencia el juez aseguró que “de ninguna manera” se opone a las inspecciones municipales pero aseguró que el poder de policía del municipio “debe cumplirse en los términos que prevé la Constitución, con especial respeto a la intimidad, la inviolabilidad del domicilio y la igualdad ante la ley, sean las personas mayores o menores de edad”.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios