¿Cuáles son los motivos que permiten expulsar a un extranjero?

En Neuquén fueron expulsados 127, la mayoría por haber ingresado al país irregularmente. Mauricio Macri insiste en modificar la ley de migraciones.

La mayoría de los 127 extranjeros expulsados de Neuquén en los últimos cinco años fueron ciudadanos que ingresaron al país irregularmente. Además se prohibió el ingreso por los pasos fronterizos a otras 880 personas y otras 50 personas están a punto de ser deportadas por haber cometido delitos.

El tema es causa de polémica constante, pero tomó fuerza cuando el gobierno nacional presentó un decreto que modificaba la ley de migraciones. El objetivo principal de la norma era la expulsión de extranjeros que cometan delitos en Argentina. La misma fue considerada discriminatoria y rechazada por la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

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Sin embargo, el presidente Mauricio Macri no desistió de la aplicación del decreto y a mediados de abril se pidió un amparo ante la Corte Suprema de Justicia presentado por el Ministerio del Interior junto con el Ministerio de Justicia y la Procuración Nacional. Si la modificación se aplica, la situación de los extranjeros en el país deberá ser revisada.

Mientras tanto, la ley continúa aplicándose y marcando los requisitos para poder permanecer en el país.

Tipos de residencia:

Permanente: Migraciones autoriza la permanencia permanente en el país. Esta categoría abarca a los inmigrantes parientes de ciudadanos argentinos, nativos o por opción, entendiéndose como tales al cónyuge, hijos y padres. Pueden obtener el DNI.

Temporaria: se extiende durante tres años para trabajadores, rentistas (solventan su estadía con recursos propios traídos del exterior), pensionados, inversionistas, científicos, deportistas, religiosos. En el caso de refugiados, estudiantes y ciudadanos de los países del Mercosur la duración es de dos años; mientras que para pacientes bajo tratamientos médicos y académicos es de uno. También se consideran dentro de esta clasificación casos por razones humanitarias y especiales. Pueden obtener el DNI.

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Transitorias: turistas, pasajeros en tránsito, tránsito vecinal fronterizo, tripulantes del transporte internacional, trabajadores migrantes estacionales, académicos, tratamiento médico y especiales.

Precaria: Su validez será de hasta ciento ochenta (180) días corridos, pudiendo ser renovables hasta la resolución de la admisión solicitada, y habilitará a sus titulares para permanecer, salir e ingresar al territorio nacional, trabajar y estudiar durante su período de vigencia.

Suspensión de trámite: cuando un extranjero estuviere tramitando su residencia y se encontrare imputado o procesado en causa penal cuya resolución pudiese determinar alguno de los impedimentos legales para residir en el territorio argentino.

Causas que impiden el ingreso y la permanencia:

La presentación de documentación falsa, lo que será sancionado con una prohibición de reingreso por un lapso mínimo de cinco años.

Tener prohibido el ingreso.

Haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más. El decreto de Nación amplía la naturaleza de los delitos y considera a los que merezcan, según las leyes argentinas, penas privativas de libertad.

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Haber participado de genocidios, crímenes de guerra, actos de terrorismo, delitos de lesa humanidad y de todo otro acto susceptible de ser juzgado por el Tribunal Penal Internacional.

Promover o facilitar, con fines de lucro, el ingreso, la permanencia o el egreso ilegales de extranjeros.

Promover la prostitución, lucrar con ello, haber sido condenado o tener antecedentes, en la Argentina o en el exterior.

Intentar ingresar o haber ingresado al Territorio Nacional eludiendo el control migratorio o por lugar o en horario no habilitados al efecto.

La expulsión lleva implícita la prohibición de reingreso permanente o por un término que en ningún caso podrá ser inferior a cinco años y se graduará según la importancia de la causa que la motivara.

Por qué se suspende o cancela una residencia?

Cuando se verifique que un extranjero hubiere desnaturalizado los motivos que autorizaron su ingreso al territorio argentino o permaneciera en éste vencido el plazo de permanencia acordado, la Dirección de Migraciones lo intimará a fin de que, en un plazo que no exceda de 30 días, se presente a regularizar su situación migratoria. Se le puede dar un mes más de prórroga.

Si no se regulariza la situación, se dispondrá la expulsión al país de la nacionalidad del extranjero o, a su petición, a otro país que lo admitiese.

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Se cancelará la residencia, con efecto suspensivo, por fraude para obtener un beneficio migratorio sido condenado judicialmente en la República, por delito doloso que merezca pena privativa de libertad mayor de cinco años o registrase una conducta reiterada en la comisión de delitos y si se ausenta por un período superior a los dos años o la mitad del plazo acordado, si se tratara de residencia temporaria.

Si se cumplen algunas de las causas que impiden el ingreso y la permanencia.


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