No tendrá probation el comerciante acusado de abuso

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia rechazó un recurso de queja presentado por la defensa de un comerciante que está acusado de haber manoseado a una nena de 6 años en la casa de té que administra. El sospechoso había solicitado la suspensión del juicio a prueba, figura también conocida como probation, ante la Cámara del Crimen local, pero le fue denegado el beneficio y acudió en queja ante STJ, que también rechazó su pretensión. El imputado es un comerciante de nacionalidad mejicana, residente en esta ciudad e identificado como Rolf Leo Geczynski Winzer, quien apeló ante el máximo tribunal provincial luego de que la Cámara Primera del Crimen le denegara el beneficio de la suspensión del juicio a prueba, previsto para imputados sin antecedentes sobre quienes pesan delitos de mediana y menor gravedad en cuanto a su escala penal. El hecho investigado habría ocurrido aproximadamente a las 19 del 25 de septiembre de 2008 en el parque que rodea una casa de té situada en el kilómetro 24,600 de la ruta a Llao Llao, oportunidad en que el acusado habría abusado sexualmente de una menor de 6 años de edad aprovechando el momento en que la nena jugaba algo alejada de su familia. El juez de Instrucción de Bariloche Miguel Ángel Gaimaro Pozzi ordenó el procesamiento de Geczynski Winzer el 8 de octubre de 2008, luego de considerar que existían elementos “claros y concordantes” para considerarlo presunto autor del delito de abuso sexual simple. En aquella resolución el magistrado argumentó que “habría irrumpido indebidamente en el ámbito corporal de la menor haciendo un uso indebido de su cuerpo, atentando contra su pudor mediante actos objetivamente impúdicos, ejecutados en forma consciente y voluntaria, que recayeron sobre partes pudendas de la víctima, que por su edad no podía comprender cabalmente la significación del acto”. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba, figura que para prosperar debe ir acompañada de un ofrecimiento de compensación de los daños causados a la víctima por la conducta delictiva que se atribuye y la aceptación de ceñirse a determinadas reglas de conducta y eventuales deberes comunitarios. Pero finalmente el planteo fue rechazado y el hombre deberá enfrentar un juicio oral común.


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