Nuevo Código Penal: bajo los tiempos del año electoral

Fue una de las escasas iniciativas con las que el presidente prometió avanzar durante la apertura de sesiones del Congreso. El proyecto ingresó en marzo al Senado. Allí dicen que el debate comenzaría después de Semana Santa. Pero hay dudas de que progrese.

El debate por la extensa reforma del centenario Código Penal comenzaría los días posteriores a Semana Santa. Así informaron desde la comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado, que preside el legislador del peronismo federal, Pedro Guastavino. Comienza un camino complicado para un proyecto que originalmente el gobierno quería aprobar antes de fin del 2019, pero que se presenta en medio de un peleadísimo año electoral e incluye algunos puntos controversiales, relacionados con el aborto y la corrupción.

El Ejecutivo envió al Senado el proyecto a fines de marzo. Se trata de un texto de más de medio millar de artículos, alrededor de 250 páginas, resultado del trabajo que llevó adelante desde principios del 2017 la “Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación” en el marco del programa “Justicia 2020” que impulsa el Ministerio de Justicia, encabezado por Germán Garavano.  La comisión estuvo integrada por una quincena de magistrados, fiscales, expertos y académicos del derecho penal, encabezados por Mariano Borinsky juez de la Cámara Federal de Casación Penal.

Según dijeron a este diario en el despacho del senador Guastavino, la intención es convocar para la semana del 24 abril, tras las Pascuas, una sesión de comisión para dar inicio al tratamiento. Serán invitados a exponer el ministro de Justicia y los miembros de la comisión que redactó el proyecto.

Aunque, durante la redacción del texto, los miembros de la comisión mantuvieron reuniones con miembros de bloques parlamentarios tanto en Diputados como en el Senado, el debate promete fricciones. El nuevo código sintetizaría unas 900 leyes especiales y centenares de fallos de la Corte Suprema de los últimos más de 100 años, dado que el Código actual data de 1921. Se destacan gran cantidad de modificaciones: penas alternativas a la prisión cuando se trata de condenas menores de 3 años como domiciliaria, trabajos comunitarios y control con tobillera; restricción de la libertad condicional para reincidentes y condenados por delitos dolosos.

También se clarifican criterios para penas, nuevos agravantes y atenuantes y se establece el seguimiento socio-judicial al condenado hasta 10 años después del cumplimiento de la pena, en casos de delitos graves como homicidio o abuso sexual.

Además, aumentan las escalas penales para los delitos de tenencia y portación de armas de fuego, y para el homicidio imprudente en siniestros viales.

Entre otros cambios significativos, se establece a la violencia de género como agravante: el juez estará obligado a imponer una pena dentro del tercio superior de la escala penal que corresponda, y se incorporan delitos de violencia económica.

Asimismo, se incorporan los delitos de narcotráfico previstos en la ley especial y se aumentan las escalas penales. Se incluye la figura penal “organización internacional dedicada al narcotráfico”, con penas de hasta 25 años de prisión para los jefes u organizadores. Por otro lado, siguiendo el fallo “Arriola” de la Corte, interpreta que la tenencia de estupefacientes en poca cantidad para uso personal en el ámbito privado no es punible.

Pero hay temas más polémicos que, coinciden en los despachos del oficialismo y en los de la oposición, traerá problemas para el debate, más en año electoral. “Y si es dificil acá, imaginá después la discusión en Diputados”, resumen cerca de uno de los miembros de la comisión de Justicia.

Uno es el tema de la penalización del aborto, que cumple la doble y curiosa condición de desagradar a los dos sectores. El segundo tiene que ver con los delitos relacionados con la corrupción.

En el Proyecto de Código Penal prevé un aumento de las escalas penales. Los delitos como cohecho (sobornos), enriquecimiento ilícito, hoy con escalas de 1 a 6 años de prisión, pasarían a escalas de 4 a 12 años. Serán siempre de cumplimiento efectivo. El enriquecimiento ilícito, hoy concebido sólo para funcionarios, se ampliaría a todos los obligados por ley a presentar declaraciones juradas, como por ejemplo, dirigentes sindicales. Para el delito de cohecho, se agregan agravantes (hoy solo para jueces o fiscales) para los funcionarios, desde el presidente, hasta los intendentes y legisladores provinciales. También se amplían los agravantes en el caso del lavado de activos.

Otra novedad refiere al decomiso de bienes a favor del Estado. Incluirá todo lo que haya servido de instrumento en la comisión del hecho y se haya sacado provecho. Se prevé la posibilidad de decomisar los bienes anticipadamente —antes de la condena penal— y de forma definitiva para todos los delitos, y la posibilidad de decomisar bienes de valor equivalente cuando no pueda recuperarse uno en particular.

Se mantiene la figura del arrepentido para narcotráfico y delitos de corrupción, y se amplía para aquellos delitos cuya pena máxima sea igual o superior a 15 años de prisión; se incorpora la responsabilidad empresarial sancionada por ley y se prevé la posibilidad de reducción de la pena para la persona jurídica que colabore voluntariamente en una investigación. En definitiva, se trata de un proyecto muy ambicioso que deberá superar la prueba de la virtual parálisis legislativa propia de los años electorales. 

Datos

98
años tiene el Código Penal vigente desde de 1921. Desde entonces sufrió parches con 900 leyes especiales.
12
años de prisión será la nueva pena máxima para varios delitos de corrupción. Serán sí o sí de cumplimiento efectivo.

Un abordaje del aborto que no conforma a nadie

Marcha en favor del aborto legal. Cuestionamientos de los dos sectores al nuevo Código Penal.

Tal como quedó redactado el proyecto de Código Penal,  cosecha rechazos tanto entre quienes se oponen a interrupción voluntaria del embarazo, como entre quienes están a favor.

El nuevo código reduce de cuatro a tres años la pena máxima para las mujeres que abortan, lo que lo vuelve un delito excarcelable, pero mantiene la penalidad. Además, le otorga discrecionalidad al juez que puede dejar la pena “en suspenso o eximirla teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y  demás circunstancias”.

El texto le da estatus “persona” al feto, cuando incorpora como delito la “lesión a la persona por nacer” tanto en su forma “dolosa” como “culposa” (por  negligencia).  Se mantienen la no punibilidad por causales, y se reemplaza “violación o atentado al pudor cometido sobre mujer idiota o demente” en la redacción, y se incluye cualquier embarazo producto de un “abuso sexual”, como terminología correcta.

Los colectivos de mujeres criticaron duramente la reforma: consideran que a pesar de que se convertiría en delito excarcelable, las mujeres seguirán enfrentando causas judiciales, y que enfrentarán más barreras  para el aborto legal: se mantiene la  causal por peligro de vida y por “salud física o mental”. Es decir, no se considera la definición de “salud integral” reconocida por la OMS, que incluye aspectos sociales y económicos. Habilita una interpretación restrictiva.

 En un comunicado, la Fundación Huésped cuestionó que se “le otorga al feto un estatus jurídico distinto al de la persona gestante, equiparandolo a personas ya nacidas y ampliando la criminalización a los profesionales de la salud”, y criticó la incorporación de nuevas formas de penalización como “aborto culposo”.

Por otra parte, organizaciones que se oponen a la legalización aborto, autoproclamadas “próvida”, presentaron un “recurso de queja” ante la Defensoría del Pueblo contra el proyecto.  Cuestionan que la noción de “salud mental” habilitaría a “más” mujeres a abortar con certificados psiquiátricos; que la pena sea excarcelable,  y la posibilidad de que un juez la suspenda.

El régimen penal juvenil, con su debate en Diputados 

El debate sobre el régimen Penal Juvenil, el jueves, en él plenario de comisiones de Diputados.

Mientras la Cámara alta se prepara para el tratamiento del Código Penal, en la Cámara baja ya se discute en plenario de comisiones el nuevo sistema de Responsabilidad Penal Juvenil,  un “Código” para los menores.

Se trata de la iniciativa, incluida también en el programa Justicia 2020 que  impulsa el Poder Ejecutivo, que propone, entre sus puntos polémicos, bajar la edad de imputabilidad de 16 a 15 años para quienes cometen delitos con penas superiores a los 15 años.

Por otra parte, la norma también contempla un abordaje “interdisciplinario” de los menores que  delinquen, para lograr su “resocialización”. “Actualmente, los delitos cometidos por menores de edad se tratan con una ley de la dictadura que les da a la posibilidad a los jueces de definir, de acuerdo a su solo criterio, el destino de esos jóvenes.  Hoy hay en la Argentina un poco más de 100 menores de 16 años (“inimputables” según la propia ley) privados de su libertad por decisión totalmente discrecional de un magistrado”, fundamenta el Ministerio de Justicia. 

Se busca fijar el carácter excepcional de la sanción privativa de la libertad, cuando fallen las “medidas socioeducativas” (de orientación o supervisión periódica del equipo interdisciplinario, asistencia a programas educativos). Y también se contemplan alternativas a la detención clásica como la prisión domiciliaria, la libertad durante el fin de semana, o la detención en centros especializados.

El debate ya comenzó la semana pasada en un plenario de las comisiones de Legislación Penal, Familia, y Presupuesto. Fueron invitados a exponer jueces, miembros de organismos de Derechos Humanos y especialistas  del derecho y niñez. Las críticas apuntaron a la baja de la edad, el desconocimiento de la situación de vulnerabilidad y la falta de recursos  para hacer frente al nuevo sistema. 

Ls audiencias continuarán los martes y jueves hasta fines de abril, tras lo cual empezará el debate entre los diputados que integran esas comisiones.

Análisis: Valorado y postergado

La reforma del Código Penal elaborada por una comisión encabezada por el camarista Mariano Borisnky estaba virtualmente terminada en agosto de año pasado. Fueron años de un trabajo que ha sido valorado por todos los sectores. No importó: el rechazo del Senado al proyecto de aborto legal hizo que se postergara su envío al Congreso, primero a fin de año y luego a marzo, cuando ingresó formalmente

Hoy el proyecto se mueve según el tiempo electoral y en el último año de un gobierno en minoría. No sólo no interesa tratar el nuevo Código. Tampoco la ley del blanqueo laboral, ni la designación de la Procuradora general, para no hablar de ningún tipo de reforma de fondo. Son las (malas) reglas.


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