Ordenan a la provincia que brinde información

Deberá detallar su presupuesto y sus gastos en publicidad entre el 2004 y el 2006. Es un fallo sin precedentes en Neuquén. El silencio oficial "es inadmisible", afirma.

NEUQUEN (AN)- La Justicia ordenó a la provincia de Neuquén que informe sobre sus gastos en publicidad entre el 2004 y el 2006, detallando los medios en los cuales puso avisos y los criterios utilizados para adjudicar la publicidad.

Lo hizo al resolver un recurso de amparo presentado por Convocatoria Neuquina, el sindicato de Prensa y la cooperativa 8.300. Es un fallo que no tiene precedentes en la provincia y muy pocos en el país.

La jueza civil Julia Buissón de Baggio, autora del fallo que puede ser apelado por el Poder Ejecutivo, señaló que «la negativa de la provincia a brindar información sin fundamentos valederos resulta inadmisible en un estado de derecho». La omisión es «lesiva» de derechos fundamentales, añade.

Sergio Mayorga, Marcelo Medrano y Silvia Couyoupetrou, integrantes de Convocatoria, destacaron otros párrafos de la sentencia: «el derecho a la información pública es la base fundamental de una democracia participativa» y le pertenece «no sólo a la prensa y los órganos de control sino a todo ciudadano interesado en la cosa pública» porque «no es más que la directa aplicación del principio republicano de publicidad de los actos de gobierno».

Recordaron que presentaron el recurso de amparo después de numerosos intentos frustrados de obtener información sobre los gastos en publicidad del gobierno neuquino. «Nosotros lo vinculamos con la libertad de expresión y de prensa, e investigamos cómo los gobiernos practican una forma de censura encubierta a través del manejo de la pauta publicitaria».

«Estamos hablando del manejo de mucho dinero en una provincia con muchas desigualdades», añadieron.

La jueza señaló en su resolución que de acuerdo con la Constitución provincial, «el derecho de petición no se agota en sí mismo pues requiere una respuesta. Frente al derecho de petición se encuentra la obligación de la administración de resolver. Y ante el silencio, la misma Constitución brinda el instrumento garantizador de tal derecho: la acción de amparo por mora».

La falta de respuestas a los pedidos, agregó, «importa desconocer el derecho de acceso a la información pública enraizado en la democracia y que permite que la ciudadanía haga conocer sus ideas, valores y aspiraciones respecto de las decisiones que tomen los gobernantes, como asimismo que las cuestionen si discrepan con las mismas».

Y sobre el derecho a la información subraya que «es la base fundamental de una democracia participativa».

La provincia deberá informar sobre «el total presupuestado y aprobado para publicidad oficial durante los períodos 2004, 2005 y el primer semestre del 2006; gasto total ejecutado en medios gráficos, radiales, televisivos, cinematográficos, sitios de internet y en la vía pública, tanto en el ámbito regional como nacional; el detalle de las campañas publicitarias que se ha planificado financiar con fondos públicos durante el año 2006 y las que se planificaron en los dos períodos anteriores».


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