Pensar el ALCA
Por Martín Lozada
La caída de la Unión Soviética, el fin de la Guerra Fría y la internacionalización acelerada de la economía produjeron un importante debate en los países industrializados sobre el mejor modo de aprovechar la apertura al mercado externo que se estaba produciendo en varios países emergentes.
A partir de entonces la economía mundial se ha venido caracterizando por dos movimientos y tendencias simultáneas. Por un lado, la globalización y expansión. La restante, en cambio, por la constitución de bloques regionales de integración económica dirigidos a lograr una más adecuada inserción de sus integrantes en el mercado internacional.
Frente a este último proceso, y tan sólo respecto de los bloques que no integra, los Estados Unidos ha reaccionado en forma coherente con su política exterior tradicional. De tal modo enfrenta el emblocamiento que presenta el diseño geopolítico y comercial del mundo a través de diversos acuerdos regionales de comercio. Los mismos se fundan en el temor de que estas formas de integración se conviertan en enclaves proteccionistas que produzcan desvío de comercio en favor de los países que lo conforman, en detrimento de las exportaciones norteamericanas.
En este contexto el ex presidente George Bush propuso en 1990 la llamada «Iniciativa para las Américas» y la posibilidad de conformar el Area de Libre Comercio de las Américas (ALCA) a partir de un drástico desmantelamiento de las barreras arancelarias y no arancelarias al comercio continental.
El ALCA es una iniciativa tendiente a generalizar y extender las reglas del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (NAFTA) a todo el continente. Programa que está siendo objetivamente contrastado por la presencia de un polo emergente -el Mercosur-, que reúne al Brasil, Argentina, Uruguay y Paraguay, así como por la Comunidad Andina.
Su contenido está referido a las normas aplicables al comercio de bienes en general y a algunos sectores en especial, como la agricultura, y a la regulación de diversos aspectos del tráfico comercial. Pero incluye también una detallada normativa sobre el libre acceso a los mercados de servicios, incluido el financiero, las contrataciones por parte del sector público, las políticas en materia de competencia y monopolios.
Su objetivo, entonces, es establecer reglas multilaterales que aseguren la libre circulación de las mercancías y los capitales. No se inserta en un proyecto de integración y su vocación es desaparecer cuando, a través de la Organización Mundial de Comercio, se instrumente a escala mundial un acuerdo multilateral de características similares.
¿Cuáles serán los efectos previsibles de un tratado de esta naturaleza? A partir de su entrada en vigor los Estados deberán abstenerse de toda política que pueda afectar la rentabilidad de una inversión externa y revisar el papel del sector público en materia de educación, salud, cultura o actividades estratégicas, en la medida en que implique la exclusión de estos mercados del capital de los restantes países del área. Pero también deberán modificar la política de compras aun cuando estuviera aquélla orientada al desarrollo de las empresas locales, la generación de empleos y la creación de tecnología en el ámbito local.
La incorporación de estos principios implica la revisión del conjunto de las políticas de cada uno de los Estados miembro y una sustancial reducción de los ámbitos sometidos a la decisión de sus instituciones. Esta evidente restricción de la soberanía de las partes no es un dato menor y se vincula con las asimetrías que media entre aquéllas, sobre todo en lo que hace a su capacidad de soportar el impacto de las políticas comerciales que el ALCA traerá aparejadas.
Desde un inicio se pudo apreciar que las negociaciones para crear el ALCA fueron confiscadas por los gobiernos. Ante tal situación, el Foro Social Mundial de Porto Alegre de enero del 2001 propuso que en los parlamentos latinoamericanos se presentaran propuestas o proyectos de ley para obligar a cada gobierno a convocar un referéndum, al menos tres meses antes de la firma de cualquier acuerdo de libre comercio, sea el ALCA o cualquier otro.
También fue planteado que en caso de que esas iniciativas legislativas no fueran aprobadas, deberían organizarse referéndums populares en cada país, para que los ciudadanos del continente pudieran expresar su posición al respecto. Esto es, concretamente, en favor del modelo actual de integración en torno del ALCA, o en cambio, por una cohesión previa de Latinoamérica, complementada por una estrategia de alianzas diversificadas.
Tal participación de las sociedades de la región, a través de sus parlamentos y colectivos, resulta algo más que un rito de legitimación. Constituye el medio por el cual efectivizar un principio asentado en el derecho internacional de nuestros días, cual resulta ser, ni más ni menos, que el de la libre determinación de los pueblos.
A la hora de pronunciarse sobre la firma y ratificación del Tratado, los parlamentos nacionales deberán tomar decisiones trascendentes en torno de la desregulación de los espacios económicos, la disminución del rol de los Estados en la marcha de su economía y, sobre todo, acerca de las restricciones que el Tratado constitutivo del ALCA impone en materia de facultades soberanas.
Los principios rectores del derecho público latinoamericano no deberían estar ausentes de las conversaciones sobre la proyectada Area de Libre Comercio de las Américas. El aseguramiento del orden público y la vigencia del bien común tampoco deberían pasar inadvertidos para los legisladores de la región a la hora de acordar o no la incorporación del Tratado a los derechos locales. Esta es la gran responsabilidad que ahora afrontamos como pueblos y dirigentes.
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