Piden juicio de responsabilidad para Contreras

La medida de la Fiscalía de Investigaciones también incluye a otros dos exfuncionarios de Turismo.

Por Redacción

Fueron Observados 80 expedientes

La Fiscalía de Investigaciones Administrativas requirió juicio de responsabilidad para el exministro Omar Contreras y otros dos exfuncionarios de Turismo por casi 1,9 millón por perjuicio al Estado provincial en referencia a pagos de servicios no prestados o realizados en forma parcial, y abonar “sumas cuya razonabilidad no fue acreditada”.

En resumen, la Fiscalía profundizó observaciones del Tribunal de Cuentas en unos 80 expedientes de Turismo por erogaciones de 2010 y 2011, bajo la responsabilidad de Contreras, el exsubsecretario de Coordinación Administrativa, Nelson Daniel y el exsubdirector de Administración, Osvaldo Contreras. En su reciente resolución, el fiscal Marcelo Ponzone requiere al Tribunal que se enjuicie a los tres por un total de 1.896.106,11 pesos.

Los cuestionamientos están centrados en innumerables facturas y servicios abonados por Turismo pero no justificados para la Fiscalía, relacionados con diferentes actividades del ministerio que conducía Contreras.

Según Ponzone, los exfuncionarios “procedieron en forma reiterada y sistemática con contrataciones y consecuentes pagos que concluyeron con un perjuicio cierto y real” para el Estado “porque -entre otras alternativas- el servicio no se prestó, sea porque no prestó en las condiciones contratadas o bien porque se prestó pero abonándose por ello sumas cuya razonabilidad no acreditaron”.

Después se destaca que los aludidos eran quienes “debían velar por los intereses de la administración” y “eran quienes en mejor posición se encontraban para garantizar el fiel cumplimiento de la normativa legal”, destacando que Daniel además “es contador público”.

Requeridos los descargos, el único que concurrió a la Fiscalía fue Contreras ya que los otros dos exfuncionarios no fueron localizados. En su defensa, el exministro -según Ponzone- no logró la “entidad suficiente para revertir los elementos de cargo existentes”.

En el análisis final, el fiscal entiende que los intervinientes no lograron acreditar la “razonabilidad del precio abonado ni la efectiva recepción de los bienes o la prestación del servicio, resultando un perjuicio al erario público en razón de que sin acreditarse los extremos exigidos por la norma para determinar la existencia de la prestación del servicio, la adquisición de los bienes, o su vinculación funcional con los fines del Estado se realizó el pago”. Concluye que los ex funcionarios actuaron “en forma indolente, sistemática y con un total desapego a las normas de contratación vigentes”.

Luego se reitera que el Estado “no pueden realizar gastos que no tengan el correspondiente respaldo probatorio que acredite la efectiva prestación del servicio o adquisición de bienes, no se pueden utilizar medios excepcionales de contratación para situaciones que no están previstas burlando las normas vigentes en la materia, no se pueden contratar bienes o servicios que tengan un destino distinto al específico y propio del ámbito de competencia del órgano contratante, para satisfacer otros intereses que no sean los del propio Estado”.

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