Contravenciones en Río Negro: más herramientas para la Policía y jueces de Paz

La Legislatura modificó una serie de artículos. La normativa regula las conductas que pueden llegar a causar un daño pero que no constituyen delitos.

A dos años de la sanción del nuevo código Contravencional de Río Negro, la Legislatura le otorgó nuevas herramientas tanto a la Policía como a los jueces y juezas de Paz. La normativa regula las conductas que pueden llegar a causar un daño pero que no constituyen delitos.


El código Contravencional es como el hermano menor del código Penal. Cuando determinadas actitudes ocasionan molestias o un daño, se aplica este proceso. La competencia es de los juzgados de Paz junto con la Policía. Regula los temas vecinales y los disturbios en la vía pública, por ejemplo.


En Río Negro por muchos años rigió un código Contravencional sancionado en la época de la dictadura. Esa norma le daba muchísimas facultades a la Policía que servían para cometer excesos y discrecionalidades. Llegaba a juzgar, por ejemplo, el travestismo.


En 2022, el oficialismo provincial, sancionó el nuevo código en sintonía con el paradigma de los derechos humanos. Eliminó las discrecionalidades e incorporó la figura del acoso callejero, la protección de niños, niñas y adolescentes, el maltrato animal y cuestiones ambientales.


Durante este periodo, las autoridades relevaron el trabajo de jueces y juezas de Paz y de la Policía. El legislador Lucas Pica promovió la reforma de nueve artículos que en lo sustancial le otorga más herramientas a los funcionarios y funcionarias que deben intervenir.


Uno de los artículos le permite a la Policía la demora de las personas que estén cometiendo (o preparándose para cometer) una contravención. El máximo de esa detención provisoria es hasta ocho horas y se debe dar comunicación inmediata a los jueces y juezas de Paz.


En otro artículo, también se le otorgan herramientas a los jueces y juezas para que puedan dictar medidas cautelares, muy útiles en los temas de género.

Prohibiciones de acercamiento al lugar de residencia, trabajo, estudio, esparcimiento o a los lugares habituales a los que concurre la víctima de la contravención; prohibición de contacto y comunicación por cualquier medio incluso redes sociales; prohibición de concurrencia a determinados sitios y cualquier otra medida que el juez o jueza considere conveniente son las nuevas facultades que les otorga la ley.


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