Cortés prohíbe los “trapitos”, malabaristas, limpiavidrios y venta ambulante en Bariloche
El intendente dictó este martes una Resolución para prohibir ese tipo de actividades en la calle. Argumentó que en la Secretaría de Seguridad del municipio recibieron en lo que va del año numerosos reclamos de vecinos que denunciaron conflictos con personas que se dedican a ese tipo de tareas, sobre todo, en semáforos de esta ciudad.
El intendente de Bariloche, Walter Cortés, resolvió prohibir la venta ambulante, la actividad de las personas que limpian vidrios, a los “trapitos”, malabristas o aquellos que desarrollan espectáculos callejeros que no tengan autorización municipal.
La decisión la fundamentó en la ley provincial 5592, que es el Código Contravencional de la provincia. El intendente argumentó que la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Bariloche, “en el transcurso del año ha recibido, en la central de reclamos “103”, numerosos llamados por parte de vecinos denunciando inconvenientes, disturbios o conflictos vinculados a personas que desarrollan actividades de limpieza de vidrios, malabarismo, etc. en los semáforos de nuestra localidad”.
Sostuvo que esas prácticas “ejercidas sin autorización ni regulación específica, generan múltiples reclamos de vecinos por afectar la seguridad vial, la fluidez del tránsito y el derecho a la libre circulación que, en reiteradas oportunidades estas actividades han derivado en hechos de intimidación, coacción o amenazas hacia automovilistas y transeúntes, provocando un estado de inseguridad urbana y social”.
Cortés dictó este martes la Resolución 0772-I-2026 que prohíbe “la realización de ventas en forma ambulante, el ofrecimiento, prestación o realización de servicios de limpieza de vidrios, custodia o cuidado de rodados, la ejecución de espectáculos callejeros (malabares, acrobacias o similares), o cualquier otra actividad análoga en la calzada, intersecciones, semáforos o espacios públicos de circulación vehicular, sin la debida autorización municipal”.
La Resolución autoriza a la Secretaria de Protección Ciudadana, a través de la Subsecretaria de Seguridad a “realizar operativos tendientes a desalentar estas actividades juntamente con las fuerzas de seguridad correspondientes enmarcadas en la Ley Provincial N° 5592”.
Un riesgo potencial para conductores y peatones
En los considerandos de la Resolución, el intendente indicó que en su artículo primero, el Código Contravencional se aplica en el ámbito provincial, “cuando se configure la comisión de las infracciones que se encuentren expresamente tipificadas en la presente, siempre que la conducta no esté regulada por leyes especiales con contenido contravencional”.
El intendente advirtió que “la proliferación de este tipo de actividades”, como las ventas en forma ambulante, el ofrecimiento o realización de limpieza de vidrios, custodia de vehículos, la ejecución de espectáculos callejeros, “implica un riesgo potencial para la seguridad de conductores y peatones, generando situaciones de distracción, entorpecimiento de la circulación vehicular e incidentes viales”.
Y señaló que la regulación municipal “resulta una herramienta fundamental para fortalecer la prevención, proteger la seguridad ciudadana y dotar a la autoridad administrativa de facultades precisas para actuar, en el marco del principio de legalidad que rige toda intervención punitiva estatal”.
La Resolución que Cortés dictó será refrendada por el Secretario de Hacienda, Gonzalo Miguel Lerra, y por la Secretaria Legal y Técnica, Yanina Sánchez.
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