Jabalí, carne para autoconsumo y fauna nativa: la nueva Ley de Carnes de Río Negro que generó cruces en la Legislatura
La Legislatura aprobó en general el nuevo régimen para la faena y comercialización de productos de origen animal y también dio luz verde, por mayoría, al artículo 15, que incorpora a la normativa el procesamiento de productos de fauna silvestre. El debate generó fuertes cruces entre oficialismo y oposición.
La nueva Ley de Carnes de Río Negro avanzó este jueves en la Legislatura con la aprobación en general del proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo. En el tratamiento en particular, además, el artículo 15 -uno de los puntos que había generado mayores reparos durante el debate- fue aprobado por mayoría.
La norma reemplaza el régimen vigente y establece un marco integral para la habilitación, el registro, la fiscalización y el control sanitario de establecimientos y transportes vinculados con la faena, elaboración y comercialización de productos y subproductos de origen animal.
Qué dice el artículo 15 sobre la fauna silvestre y cómo votaron
El artículo aprobado establece que los productos y subproductos derivados de la fauna silvestre deberán procesarse en establecimientos habilitados. Además, el organismo provincial competente determinará cada año las especies autorizadas, las temporadas, los cupos de extracción, las zonas habilitadas y los períodos de veda.
Durante el debate, el legislador Gustavo San Román sostuvo que el esquema permitirá dar trazabilidad al jabalí y favorecer la elaboración artesanal. La propuesta generó cuestionamientos de distintos sectores de la oposición, principalmente por la posibilidad de avanzar con el procesamiento comercial de especies nativas.
Magdalena Odarda consideró que la iniciativa representa un retroceso ambiental y cuestionó la incorporación de fauna autóctona. Luciano Delgado Sempé, Alejandra Mas, Fernando Frugoni y Fabián Pilquinao acompañaron el proyecto en general, pero plantearon reparos al artículo 15. Frugoni propuso excluir a las especies nativas de la comercialización y anticipó su rechazo si el texto no se limitaba a fauna exótica.
Desde el oficialismo, Soraya Yauhar defendió la medida y sostuvo que la faena de especies nativas quedará sujeta a planes nacionales de manejo. Facundo López, presidente del bloque Juntos Somos Río Negro, afirmó que la norma no modifica la protección de la fauna.
El artículo 15 fue aprobado por 25 votos a favor, 16 en contra y una abstención. Votaron en contra Javier Acevedo, Daniela Agostino, José Luis Berros, César Domínguez, Fernando Frugoni, Marcela González Abdala, Santiago Ibarrolaza, Martina Lacour, María Patricia Mc Kidd, Magdalena Odarda, Fabián Pilquinao, Gabriela Picotti, Daniel Sanguinetti, Ayelén Spósito, Roberta Scavo y Alejandra Mas. Claudio Doctorovich se abstuvo.
Un cambio esperado por los crianceros: carne para autoconsumo
Otro de los puntos que tendrá impacto directo en las zonas rurales es la posibilidad de trasladar productos de origen animal destinados al autoconsumo.
La ley permite que los productores registrados soliciten autorización para trasladar productos, subproductos y derivados de origen animal para consumo propio, de acuerdo con las condiciones que establezca la reglamentación.
Durante el debate legislativo, San Román precisó que el nuevo régimen contempla específicamente el traslado de carne vacuna y ovina para autoconsumo, una demanda histórica de los crianceros.
Para realizarlo deberán cumplirse determinados requisitos, entre ellos la utilización de una guía y la presentación del cuero marcado o señalado como forma de acreditar la propiedad del animal.
La diferencia central es que se trata de un régimen para fines no comerciales: la autorización está pensada para el traslado de productos destinados al consumo propio y no para su venta.
Quién habilita y quién controla en Río Negro
La nueva normativa también busca terminar con las superposiciones entre Provincia y municipios.
Los establecimientos quedan clasificados según su escala y según el destino geográfico de la producción. Los de tránsito provincial son aquellos cuya producción o existencias comerciales abastecen a más de un ejido municipal, mientras que los de tránsito municipal se limitan al municipio o comisión de fomento que otorgó la habilitación.
La autoridad provincial habilitará los establecimientos de tránsito provincial, mientras que los municipios y comisiones de fomento conservarán la competencia sobre los establecimientos de tránsito municipal. También podrán establecerse convenios cuando los gobiernos locales no tengan capacidad técnica u operativa suficiente.
La fiscalización será concurrente: Desarrollo Económico y Productivo controlará establecimientos y transportes; Salud supervisará las condiciones de inocuidad y los registros sanitarios; y la Policía colaborará en los controles de rutas y en la verificación de documentación.
Una nueva categoría para los pequeños elaboradores
La ley también incorpora una clasificación específica para los establecimientos artesanales.
Serán considerados artesanales aquellos cuya producción diaria no supere los 500 kilos de producto terminado proveniente de faena o los 100 kilos de productos elaborados.
El objetivo planteado durante el debate es que esta categoría permita formalizar actividades de menor escala que actualmente encuentran dificultades para acceder a una habilitación.
La propuesta contempla dentro del universo de productos regulados a los provenientes de especies domésticas y silvestres, aves, pesca, moluscos y crustáceos.
Más controles para la carne que circula por Río Negro
El nuevo régimen establece que los productos comercializados deberán provenir de establecimientos habilitados y que su traslado deberá realizarse en unidades también habilitadas. Además, los transportes deberán contar con sistemas de conservación adecuados y un certificado sanitario de tránsito que acredite origen e inocuidad.
También se exige el registro sanitario previo de los establecimientos elaboradores y de los productos ante el Ministerio de Salud.
Para las plantas industriales y aquellas de tránsito provincial se incorpora, además, la figura del director técnico profesional, con responsabilidad sobre los procesos de faena, elaboración, almacenamiento y distribución.
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