Nicolini seguirá como juez electoral, pero está en duda si integrará la Junta provincial

La designación del magistrado de Zapala colisiona con la Constitución Provincial. El fiscal general José Gerez defendió el nombramiento, pero admitió que deben realizarse algunos ajustes.

La polémica por la designación de Matías Nicolini como juez electoral de Neuquén se mantiene. El fiscal general José Gerez aseguró que «no afecta la Constitución Provincial» pero opinó que «sería más sano, democrático y transparente que otro juez o jueza distinto integre la Junta Electoral provincial».

En diálogo con diario RÍO NEGRO, Gerez dijo que si mañana se reuniera la Junta Electoral provincial «Nicolini podría integrarla», pero consideró que «a futuro, el Tribunal Superior de Justicia tendría que ir resolviendo estas inconsistencias del sistema electoral».

La palabra de Gerez tiene peso por varios motivos. Hace 11 años que integra en forma ininterrumpida la Junta Electoral provincial, y como fiscal general es el encargado del control de legalidad de los actos judiciales.

La polémica por la designación de Nicolini, un juez muy cercano al gobernador electo Rolando Figueroa, fue revelada por este medio. Se debe a textos contradictorios entre la Constitución de la Provincia de Neuquén y el Código Electoral provincial.

La Constitución versus la Ley


El artículo 302 de la Constitución reformada en 2006 afirma: «Se constituirá una Junta Electoral permanente, integrada por el presidente y dos miembros del Tribunal Superior de Justicia, el miembro del ministerio público actuante y un juez letrado de la capital de la Provincia».

La ley electoral 3053, aprobada diez años después, dice en su artículo 176 que «las funciones asignadas al juez electoral deben ser desempeñadas por un juez de Primera Instancia designado por el Tribunal Superior de Justicia». No pone requisito del domicilio.

Gerez dijo a RÍO NEGRO que «el requisito preponderante (para ser juez electoral) es que sea un juez de primera instancia, de la Constitución. Cuando se reformó el Código Electoral en 2016, se perfeccionó el artículo 302 de la Constitución de manera evolutiva. Ya no contempló el requisito de un juez de la capital, que venía de una época en que el interior de la provincia no estaba desarrollado, no había tecnología ni comunicaciones».

«Incómodo desde la legalidad e imparcialidad»


José Gerez, fiscal general e integrante de la Junta Electoral. (Archivo)

El juez electoral integra a la vez la Junta Electoral provincial. «Siempre lo sentí como algo incómodo desde el punto de vista de la legalidad y la imparcialidad», señaló Gerez.

«Es un órgano superior jerárquico, está integrado por las máximas autoridades de la justicia (vocales y fiscal general), y ¿cómo puede integrarlo además un juez de primera instancia?», se preguntó. «A la vez, revisa los actos de ese mismo juez. Esto hay que superarlo».

En el mismo sentido, razonó que «la Junta Electoral es un órgano institucional, así que mal podría el juez electoral integrar un órgano revisor de sus propios actos. Causa una molestia institucional. Sería más sano, democrático y transparente que sea otro juez el que integre la Junta Electoral».

«Aunque en la práctica se excusa, no deja de integrarlo», añadió. «En la práctica se vive excusando, pero después ¿con qué ánimo vuelve a la Junta Electoral?».

Dos personas distintas


A criterio de Gerez, lo razonable sería «que sean distintos jueces o juezas» los que ejerzan la función de juez electoral de primera instancia y juez integrante de la Junta Electoral. Incluso éste último debería tener jerarquía de camarista.

«El Tribunal Superior, en su potestad de hacer interpretaciones, tendría que decir ‘no es conveniente ni eficiente ni responde a tutela judicial efectiva que el juez electoral integre la Junta'», señaló el fiscal.

En conclusión, opinó que «correspondería designar a otra persona en la Junta Electoral, dejando a salvo a Nicolini en primera instancia, ya que su designación fue constitucional y seguramente va a hacer una buena gestión».


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