Río Negro fija nuevas reglas para habilitar piletas: un registro, guardavidas y condiciones de higiene

El objetivo es garantizar las condiciones sanitarias y especialmente la calidad del agua. Todos los natatorios deben tener guardavidas o personal de vigilancia de bañistas.

Por Soledad Maradona

Bariloche es la ciudad con más piletas, por el servicio que ofrecen los hoteles. Foto: Archivo/Chino Leiva

Bariloche es la ciudad con más piletas, por el servicio que ofrecen los hoteles. Foto: Archivo/Chino Leiva

El Consejo Provincial de Salud Pública definió modificaciones en la reglamentación de los natatorios de uso público, semipúblico y terapéutico (spa) quienes deberán cumplir con un registro y medidas de higiene y seguridad para funcionar en Río Negro.

Los natatorios tienen una habilitación provincial que dependen de Salud Pública, con una reglamentación renovada en 2023, pero ahora surgen nuevas exigencias. Además en los municipios se otorgan habilitaciones propias de cada jurisdicción. El lugar con más natatorios es Bariloche por la amplia oferta entre los servicios de hotelería.

La provincia definió los requisitos para la inscripción y reinscripción en el registro de natatorios, sanciones por incumplimientos, y que la autoridad de aplicación será el Departamento de Saneamiento Básico, dependiente de la Coordinación Provincial de Salud Ambiental.

El objetivo de salud Pública es “regular las condiciones sanitarias, particularmente de calidad del agua y de higiene en general, de natatorios públicos, semipúblicos y terapéuticos en la Provincia de Río Negro”, para prevenir la transmisión de enfermedades que se dan en estos ámbitos.

Los tipos de piletas que deben habilitarse y las exigencias


La norma abarca a piscinas o piletas públicas destinadas a fines deportivos y/o recreativos con acceso permitido para cualquier persona, como pueden ser las piletas de los municipios; semi públicas, destinados a socios, huéspedes o personas con autorización; los natatorios especiales que tienen fines terapéuticos o de rehabilitación de personas que son para quienes tienen una indicación médica; los spa que cuentan con pileta o hidromasajes, saunas, jacuzzis.

Cada uno de los natatorios existentes tiene la obligación de inscribirse en el Registro Provincial de natatorios que tiene una validez por 5 años o 5 temporadas en aquellos de habilitación temporaria. Deben tener habilitación municipal; declaración jurada de personal responsable de los bañistas; seguro de responsabilidad civil; pago de arancel a Salud Ambiental y acta de inspección.

Entre las exigencias los natatorios deben contar con guardavidas o “personal de vigilancia de bañistas”, una figura para las localidades donde no existan guardavidas profesionales; garantizar la accesibilidad para personas con movilidad reducida (otorgándose un plazo de 5 años para adecuar las instalaciones, excepto los natatorios especiales que debe ser de aplicación inmediata).

La Provincia también define categorías según el tamaño de las piletas e instalaciones y cumplir con determinada calidad en el agua (valor de pH entre 6,5 – 8,5; residual de cloro entre 0,4 y 1.5 mg/litro; temperatura entre 24º y 29º y los jacuzzi por debajo de los 40°; ausencia de Staphylococos y Enterococcus) que se debe medir dos veces al día y registrar en una planilla; y utilizar sistema de filtración; entre otras medidas en pos de mantener el agua.

Además la normativa provincial exige vigilancia a los bañistas con personal capacitado y guardavidas quienes cada año deberán presentar una reválida de su capacidad y deben dar cobertura en el horario completo de las actividades.

El control por parte del Estado se realizará con auditorías y toma de muestras para análisis microbiológico.

Salud también en su nueva reglamentación definió un régimen de sanciones con apercibimiento para una primera sanción y posteriormente multa con una unidad fiscal equivalente al monto de inscripción correspondiente en la resolución de aranceles y que puede variar de uno a tres, según defina la autoridad de aplicación.

Los inspectores también puede aplicar el cese de actividades temporaria por infracciones de gravedad o reincidencia, y en un caso extremo la clausura, cuando se trate de infracciones muy graves o que impliquen riesgo sanitario significativo.


El Consejo Provincial de Salud Pública definió modificaciones en la reglamentación de los natatorios de uso público, semipúblico y terapéutico (spa) quienes deberán cumplir con un registro y medidas de higiene y seguridad para funcionar en Río Negro.

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