Se vencieron los plazos y sobreseyeron a un condenado por robo en Neuquén

El Código Procesal Penal de Neuquén dice que el proceso debe durar en total tres años, y que vencido ese plazo corresponde dictar el sobreseimiento del imputado. Hay numerosos fallos, incluso del Tribunal Superior de Justicia, pero la polémica está viva como el primer día.

La vigencia de los plazos procesales y las consecuencias de su incumplimiento es una polémica sin saldar dentro del Poder Judicial de Neuquén, y los jueces siguen produciendo fallos contradictorios. Aunque el Tribunal Superior de Justicia y la Corte Suprema ya fijaron un criterio, no todos los magistrados opinan que están obligados a respetarlo. En ese sentido esta semana el Tribunal de Impugnación decretó el sobreseimiento de un hombre condenado por robo, porque se venció el plazo máximo de duración del proceso de 3 años.

El caso está lleno de particularidades: por ejemplo hubo dos audiencias el mismo día con distintos jueces con el mismo objetivo, lo que fue calificado de «situación llamativamente irregular» por el Tribunal de Impugnación.

Por su parte el abogado defensor del condenado la calificó de «una suerte de forum shopping (elegir el juez) que hizo la fiscalía».

Otra singularidad es que una jueza del Tribunal de Impugnación, Liliana Deiub, que en diciembre y en otra causa conocida como «Garro» había votado por sostener la inconstitucionalidad del plazo de 3 años que fija el artículo 87 del Código Procesal Penal, esta vez en «Monsalve» se pronunció en sentido contrario, es decir, apoyó su vigencia. Los casos son muy diferentes entre sí, y las razones por las que se vencieron los plazos también, pero marca la heterogeneidad de las decisiones.

Un proceso muy extenso


El caso en cuestión involucra a Miguel Ángel Monsalve, condenado por robar junto con otras dos personas en una petrolera de Rincón de los Sauces, a la pena de 3 años y 8 meses de prisión efectiva. La sentencia aún no está firme.

El proceso tuvo una duración muy extensa y allí está una de las claves de la discusión. La finalidad de los plazos que fija el Código Procesal Penal es que las causas no se demoren en su tramitación, como ocurrió en este caso.

El precio que paga la fiscalía (que representa al Estado) por demorarse es alto: si determinados plazos se vencen, corresponde el sobreseimiento del imputado.

Para tener una idea: el robo ocurrió el 12 de septiembre del 2020, hace más de cuatro años y medio. A Monsalve le formularon cargos el 4 de marzo del 2022 (allí empezó a correr el plazo de 3 años); se pidió la elevación a juicio el 15 de septiembre del 2022, y el juicio oral tuvo dos fechas tentativas que se postergaron, una por pedido de la defensa y otra de la fiscalía.

En definitiva se hizo recién el 30 y 31 de octubre del 2024, a Monsalve lo declararon responsable, y el 21 de febrero pasado le impusieron 3 años y 8 meses de prisión.

Dos audiencias en un día


El 28 de febrero pasado, cuando se acercaba el vencimiento del plazo de 3 años, la asistente letrada de fiscalía de Rincón de los Sauces, Yesica Adriana Barbich, le pidió en una audiencia al juez Luciano Hermosilla la extensión del plazo por un año, pero -siguiendo una instrucción del fiscal general José Gerez- no solicitó que decrete la inconstitucionalidad del artículo 87.

Hermosilla le rechazó el planteo. Y sucedió lo que el Tribunal de Impugnación calificó de «situación llamativamente irregular»: en vez de pedir revisión, la fiscalía solicitó una nueva audiencia con otro juez, en este caso Juan Pablo Encina Rivero (quien, dicho sea, fue el juez del juicio que condenó a Monsalve).

Esta segunda audiencia se hizo el mismo 28 de febrero a la tarde. La fiscalía reeditó su planteo pero esta vez pidió, en forma subsidiaria y con autorización del fiscal jefe Pablo Vignaroli, que se declare la inconstitucionalidad del artículo 87. Encina Rivero hizo lugar.

La impugnación de la defensa


Esta vez el que impugnó fue el defensor particular, José Alberto Quintero Marco (el mismo del leading case Estarli), y así el caso llegó el pasado martes 25 al Tribunal de Impugnación integrado por Mauricio Macagno, Florencia Martini y Liliana Deiub.

Quintero Marco dijo que la fiscalía había hecho «una suerte de forum shopping» al buscar un juez que le haga lugar a su pedido, y solicitó que se revoque la declaración de inconstitucionalidad. La fiscalía, esta vez Rocío Rivero, argumentó que Encina Rivero es «el juez natural» de Rincón de los Sauces.

En un fallo unánime el Tribunal de Impugnación hizo lugar al planteo de la defensa, declaró extinguida la acción penal contra Monsalve por vencimiento del plazo del artículo 87, y dictó su sobreseimiento. La fiscalía avisó que planteará el caso al Tribunal Superior de Justicia.

Sin postura unánime


El Tribunal de Impugnación no tiene una postura uniforme respecto de la constitucionalidad o no del artículo 87.

En general venía sosteniendo su vigencia, pese a que la sala Penal del Tribunal Superior de Justicia ya dijo en varias ocasiones que es inconstitucional en línea con los fallos Price y -en especial- Seccional Cuarta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Pero últimamente el criterio del Tribunal de Impugnación está variando. El 19 de diciembre del 2024, en una causa conocida como Garro, confirmó una declaración de inconstitucionalidad del artículo 87. En esa ocasión estuvo integrado por Nazareno Eulogio, Patricia Lúpica Cristo y Liliana Deiub (la jueza que en Monsalve votó de otra manera).

«No es un cambio de criterio, sostenemos el criterio (de que el 87 es constitucional) pero tenemos que aplicar los precedentes de la Corte», dijeron los jueces en esa oportunidad.

La jueza Deiub, consultada por diario RÍO NEGRO, dijo que en el caso de Garro se trató de un delito contra la integridad sexual, y el Tribunal que integró «dejó a salvo su criterio» pero «por razones de economía procesal» votó por ratificar la inconstitucionalidad del artículo 87 (que había sido decretada de oficio por un juez de Garantías, Juan Kees).

Mientras que en el caso Monsalve actuó distinto «porque se trató de un delito contra la propiedad» y hubo «irregularidades» como la mencionada tramitación de las dos audiencias el mismo día.


La vigencia de los plazos procesales y las consecuencias de su incumplimiento es una polémica sin saldar dentro del Poder Judicial de Neuquén, y los jueces siguen produciendo fallos contradictorios. Aunque el Tribunal Superior de Justicia y la Corte Suprema ya fijaron un criterio, no todos los magistrados opinan que están obligados a respetarlo. En ese sentido esta semana el Tribunal de Impugnación decretó el sobreseimiento de un hombre condenado por robo, porque se venció el plazo máximo de duración del proceso de 3 años.

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