Presunta falsedad en un informe del MPN iría a la Justicia provincial

Una denuncia de falsedad ideológica atribuida a un informe del Movimiento Popular Neuquino ante la justicia electoral federal podría ser derivada a la justicia provincial si se sigue lo aconsejado por el fiscal Adrián García Lois. El informe, sobre aportes privados de dinero destinados a solventar la campaña para elegir senadores y diputados en los comicios del 28 de octubre de 2007, fue rechazado al concluir la investigación por la jueza Carolina Pandolfi, por malicioso y contener “inexactitudes o falsedades”. En esos mismos autos la Cámara Nacional Electoral dejó sin efecto la inhabilitación por dos años ordenada por Pandolfi. Concluida, con el rechazo, la etapa instructoria, la magistrada abrió otra destinada a asegurar a los imputados –Jorge Sobisch el principal– el goce del principio de defensa en juicio. Finalmente impuso al exgobernador una sanción de dos años de inhabilitación para postularse a cargos electivos, nacionales y partidarios. Quedó pendiente la investigación de la conducta de la exsecretaria de Cultura Hilda López –solicitada por la fiscalía– quien, interrogada por el juzgado sobre si había realizado algún aporte en efectivo, contestó enfáticamente que no, y luego de la condena judicial se presentó espontáneamente para decir lo contrario. Tras el pronunciamiento de la magistrada neuquina, el caso llegó por apelación de las defensas a la Cámara Nacional Electoral. Los autos pasaron en vista al fiscal Jorge Di Lello, quien se pronunció por la nulidad de las actuaciones. Consideró que no se había respetado el principio de defensa en juicio debido a que no se aplicó en el caso el Código Procesal Penal, que mediante la declaración indagatoria asegura al imputado la posibilidad de defenderse. Coincidió con el fiscal la fundación Cippec, única que, patrocinada por el abogado Martín Bohmer, respondió a una convocatoria de la cámara a los “amicus curiae”. El 1 de noviembre último la cámara resolvió, sobre el tema de fondo y sin referirse a los agravios de los imputados, “dejar sin efecto lo actuado a partir de fojas 13 inclusive y devolver las actuaciones (al juzgado de origen), a fin de que, por quien corresponda, prosiga la causa según su estado, con arreglo a lo establecido en la presente”. Hizo la difusión en Neuquén el MPN, en un comunicado que dio como fundamentos del fallo a los que incluyó el MPN en sus agravios. Falsificación La denuncia, con apoyo en el rechazo al informe de la jueza Pandolfi, alude a los delitos que castiga el código penal en los artículos 292 y siguientes, bajo el título “falsificación de documentos en general”. La falsificación puede ser instrumental –por ejemplo, de un documento de identidad– y de contenido o ideológica. La pena fijada por el artículo 292 es de uno a seis años si se tratare de un instrumento público, y de seis meses a dos años si se tratare de un instrumento privado. El fiscal García Lois pide la remisión de lo actuado a la justicia provincial porque el delito denunciado no es federal.

Jorge Gadano jagadano@yahoo.com.ar


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