Procuradora ve discriminación a instructores en el Catedral

Dictamen a favor de trabajadores que presentaron un amparo.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La procuradora general de la provincia, Liliana Piccinini, consideró válida la queja de los instructores independientes de esquí y snowboard que denunciaron a Catedral Alta Patagonia por obstruir la libre competencia y los derechos a la igualdad y al trabajo. En este sentido, sugirió al Superior Tribunal de Justicia que ratifique el pedido de amparo. La medida cautelar fue interpuesta por la asociación que nuclea a los instructores independientes, Acpessi, con anterioridad al vencimiento de las promociones tarifarias del centro de deportes invernales y rechazada en primera instancia por el juez civil Emilio Riat. El magistrado entendió que la vía del amparo no resultaba procedente porque “existe otro trámite idóneo que fue omitido” y sostuvo que la denuncia debió canalizarse ante la autoridad de control. La fiscalización de la concesión, por entonces, recaía en el Ente Regulador, Enrecat, que carecía de atribuciones para intervenir en la materia. La decisión de primera instancia obligó a la mayoría de los independientes a pagar el acceso preferencial al doble que sus colegas de las escuelas de deportes invernales, debiendo desembolsar $ 4.250 por esa herramienta indispensable para impartir clases dentro del área pública concesionada. Además los trabajadores independientes se vieron obligados a comprar el pase completo de temporada para acceder al precio promocional de $ 2.700, sin posibilidad de optar por los paquetes quincenales o mensuales como los docentes de la escuelas del cerro. Piccinini entendió que estas distinciones realizadas por Capsa imponen un “trato desigual” entre instructores y consideró apropiado dejar en firme el amparo para subsanar “la discriminación que de tal marco tarifario preferencial surge y que impacta en el ejercicio libre e igualitario del derecho a trabajar y ganarse el sustento”. La procuradora sostuvo en su dictamen que se debe hacer lugar a la apelación y disponer que “Capsa otorgue igual tratamiento y posibilidades de realización de la labor a los instructores de esquí y snowboard independientes” vendiéndoles el pase de esquí y el acceso preferencial “en idénticas condiciones” a las ofrecidas a los integrantes de las demás escuelas.


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