Punto por punto, de qué se trata el Consenso Fiscal

Los gobernadores se reúnen esta tarde para la rúbrica con el Presidente de la Nación. De qué se trata y cuál será el impacto en las provincias.

El Consenso Fiscal se firmará esta tarde desde las 17. Participarán los gobernadores de todas las provincias, excepto el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que anticipó su ausencia. El acuerdo tiene cuatro partes principales, pero la que más inquieta en las provincias tiene que ver con el capítulo referido a los impuestos.

A continuación un breve detalle del contenido en materia tributaria del documento que los mandatarios de todo el país rubricarán hoy:

Ingresos Brutos

Se trata de uno de los impuestos más distorsivos de la estructura tributaria argentina, dado que pese al Convenio Multilateral que existe entre las jurisdicciones, en infinidad de casos se registran dobles y hasta triples imposiciones sobre una misma cadena de producción. A su vez, es la principal fuente de ingresos para la mayoría de las provincias.

El Consenso Fiscal no obstante, genera una serie de novedades y habilita a las provincias a establecer en muchos casos, una suba de alícuotas a partir de 2022.

La principal novedad, es que se habilita la posibilidad de gravar con Ingresos Brutos al comercio electrónico de servicios digitales, lo que alcanza a todas y cada una de las plataformas de streeming y de intercambio de datos, tanto si el proveedor está radicado en el país, como si se comprueba que pese a estar radicado en el exterior, la actividad económica en cuestión tiene base en las provincias.

En relación al peso del gravamen, la alícuota máxima que habilita el acuerdo es del 9%, diferenciandose en relación al tipo de actividad en cuestión. Naturalmente, ello es una puerta para que aquellas jurisdicciones que al día de hoy mantienen una alícuota menor, generen una suba del impuesto.

Impuesto de Sellos

El compromiso que asumirán las provincias esta tarde establece dos puntos principales respecto a este impuesto. El primero es no incrementar las alícuotas correspondientes a los actos, contratos y operaciones que alcancen a las actividades hidrocarburíferas.

El segundo establece las alícuotas máximas a las que se comprometen las provicias. Las mismas se establecen en un máximo de 3,5% para la transferencia de inmuebles, del 3% en el caso de la transferencia de automotores y del 2% para los restantes actos, contratos y operaciones.

«No buscamos un aumento de tributos sino una armonización tributaria. Estamos haciendo una corrección específica que les devuelve autonomía a las provincias y también les da estabilidad y seguridad jurídica a las provincias y a los contribuyentes respecto a los impuestos provinciales»

Silvina Batakis, secretaria de provincias del Ministerio de Economía de la Nación

Impuesto Automotor

Son dos los ítem relevantes al respecto. Las provincias se comprometen en primer lugar a «determinar como base imponible del Impuesto, como mínimo, el noventa y cinco por ciento (95%) de las valuaciones de los vehículos automotores que establezca la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor (DNRNPAyCP)» y segundo a fijar como alícuota mínima anual del tributo un 2% de la base imponible determinada.

Impuesto Inmobiliario

El compromiso que asumen las provincias es aplicar una «alícuota del Impuesto inmobiliario en un rango entre el 0,5% y el 3% del valor fiscal» de los inmuebles grabados. Tal como sucede con Ingresos Brutos, es una puerta para que aquellas jurisdicciones que mantienen una alícuota menor al máximo que establece el Consenso Fiscal, puedan aplicar una suba en 2022.

Impuesto a la Herencia

Se trata de uno de los puntos más polémicos que incluye el Consenso Fiscal. El tributo se aplica en muchos países del mundo y en Argentina estuvo vigente hasta 1976, cuando la dictadura decidió darlo de baja. En la provincia de Buenos Aires, rige desde el año 2011 bajo el nobre de «Impuesto a la Transferencia Gratuita de Bienes» con una alícuota que va desde el 0% al 8,78%.

El texto que se firmará hoy habla de «un impuesto a todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza, que comprenda a bienes situados en su territorio y/o beneficie a personas humanas o jurídicas domiciliadas en el mismo, y aplicarán alícuotas marginales crecientes a medida que aumenta el monto transmitido a fin de otorgar progresividad al tributo».

Se especifica además que el gravamen debería alcanzar a herencias, legados, donaciones, anticipos de herencia, y/o cualquier otra transmisión que implique un enriquecimiento patrimonial a título gratuito.
En el gobierno nacional anticipan que hay al menos 15 provincias dispuestas a aplicar el impuesto desde el año que viene.


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