¿Qué dice el proyecto de Economía del Conocimiento que hoy podría ser ley?

El proyecto original fue aprobado por Diputados en junio pasado. El Senado lo modificó el viernes, por lo que regresó a la Cámara baja para su sanción definitiva.

La Cámara baja debatirá este miércoles, en un plenario del cuerpo, el proyecto de ley de Economía del Conocimiento, que contempla incentivos fiscales hasta el año 2029, para las empresas y emprendedores relacionadas con el diseño, adaptación y desarrollo de producción software y servicios afines a las nuevas tecnologías. Ayer el oficialismo de la Cámara de Diputados emitió dictamen de mayoría sobre el proyecto, que recibió la aprobación del Senado el viernes pasado.

El proyecto original fue aprobado por Diputados en junio pasado y luego modificado por el Senado el viernes, por lo que regresó a la Cámara baja para su sanción definitiva con las modificaciones introducidas al texto.

El Frente de Todos consiguió el dictamen que avala los cambios hechos en el Senado con el respaldo de los interbloques Unidad Federal para el Desarrollo y el Interbloque Federal, este ultimo con disidencias.

La Ley de Economía del Conocimiento había sido, originalmente, aprobada por el Congreso durante el gobierno de Mauricio Macri, pero la administración de Alberto Fernández suspendió su aplicación hasta mandar una nueva iniciativa al Parlamento que se aprobó en Diputados en junio pasado.

El Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento tendrá vigencia desde el 1° de enero de 2020 para las empresas adherentes y hasta el día 31 de diciembre de 2029.

El proyecto promueve la industria del software; la producción audiovisual en formato digital; la biotecnología, bioinformática e ingeniería genética; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital; e ingeniería para la industria nuclear; entre otros rubros.

La iniciativa establece, entre otras cosas, una diferenciación en la reducción del impuesto a las Ganancias según el tipo de empresas. No será del 60% para todas las empresas, sino que estará diferenciado: del 60% para las micro y pequeñas empresas, del 40% para las medianas y del 20% para las grandes.

Uno de los beneficios que contempla el proyecto es la posibilidad, para las empresas, de convertir en un bono de crédito fiscal hasta el 70% las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado. La redacción original establecía que ese bono fuera transferible por única vez, pero el Senado dispuso que sea intransferible.

Los bonos podrán ser utilizados por el término de dos años -prorrogables por uno más- para cancelar tributos nacionales, a excepción del impuesto a las Ganancias. Solo los beneficiarios que acrediten exportaciones podrán utilizar el bono a cuenta de Ganancias, “en un porcentaje no mayor al porcentaje de exportaciones informado durante su inscripción”.

El bono podrá ascender al 80% de las contribuciones patronales si la empresa incorpora a su nómina de personal a mujeres, travestis, transexuales y transgénero; profesionales con estudios de posgrado en ingeniería, ciencias exactas o naturales; personas con discapacidad; personas residentes en “zonas desfavorables o provincias con menor desarrollo relativo”; y personas que, previo a su contratación, hayan recibido planes sociales.

Cada vez que la empresa -cualquiera sea su tamaño- revalide su inscripción en el régimen, deberá demostrar que ha incrementado la inversión en alguno de los requisitos adicionales, y además mantener o incrementar su nómina de personal.


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