Quiroga puede abrir calles nuevas en Neuquén usando la excárcel

La jueza federal Carolina Pandolfi ordenó además que el Municipio de Neuquén convoque a Audiencia Pública para dar a conocer los proyectos.

La jueza federal María Carolina Pandolfi le ordenó a la Nación, a la Provincia y al Municipio iniciar la convocatoria a “Audiencia Pública” para conocer todos los proyectos a desarrollar en el ex predio de la U9.

Fue en respuesta al amparo presentado por la defensoría federal en nombre de los vecinos de Neuquén que exigen, entre otros aspectos, conocer los desarrollos que se realizarán en la totalidad del predio que quedó deshabitado con el traslado de la vieja cárcel; y saber del impacto ambiental que causarán en el microcentro.

La magistrada no hizo lugar al cese de las tareas de apertura de calles en el sector extramuros de la ex U9, que en estos días está en plena ejecución. Consideró que forma parte de las atribuciones urbanísticas que tiene la comuna capitalina.

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En un plazo de tres a cuatro semanas, todos los “demandados” (la Provincia, la Agencia Administradora de Bienes de la Nación (AABE) y el Municipio) deberán presentar sus informes con vistas a abrir el llamado a la audiencia, enmarcada en la ley nacional de Medio Ambiente.

El fallo judicial comenzó a ser notificado a las partes el jueves pasado, en tanto no se descarta que se presenten apelaciones a lo dictaminado por Pandolfi.

La jueza consideró que “corresponde admitir el proceso colectivo propuesto”, mediante el cual se solicitó que los organismos demandados que “cumplan con la ley nacional de ambiente 25.675 y la provincial 1.875”.

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La jueza Pandolfi les ordenó también a los que iniciaron el proceso que “promuevan la convocatoria a los habitantes de la ciudad de Neuquén a la correspondiente Audiencia Pública”.

Dictaminó que el colectivo representado en este amparo ambiental está compuesto por “los habitantes de la ciudad de Neuquén”.

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Les indicó a la AABE, a la Municipalidad de Neuquén y a la Provincia que también promuevan la convocatoria y que antes de iniciar cualquier desarrollo, cumplan con la presentación del impacto ambiental de los proyectos que quieren ejecutar en el lugar que ocupó por más de 100 años la penitenciaría .

Los obligó a lograr la “licencia ambiental” prevista en la ley “previo a ejecutar y / o dar inicio a la obra pública que incide directamente en el desarrollo urbanístico de la ciudad”.

En paralelo a esta obligación, le dijo al Municipio que puede continuar con la apertura de las cinco calles en el sector extramuros.

“La mera apertura de calles no está alcanzada por el régimen de fiscalización ambiental de la ley 1.875”.

Del fallo del 1 de agosto de 2018, de la jueza María Carolina Pandolfi.

Datos

“La mera apertura de calles no está alcanzada por el régimen de fiscalización ambiental de la ley 1.875”.

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