Ratificaron la condena por el crimen del enfermero

La jueza Bibiana Ojeda rechazó el pedido presentado por la defensora de Luis Alberto Troncoso, el hombre condenado a 18 años de prisión por el asesinato del enfermero de la clínica San Agustín, Damián Pilquiñán, y negó así el primer planteo de sobreseimiento por el vencimiento de una causa tramitada con el nuevo código procesal neuquino.

La defensora Cecilia Fanesi había solicitado días atrás el sobreseimiento de Troncoso al entender que el pasado 14 de enero se cumplió el plazo máximo de tres años que fija el código neuquino quedando aún pendiente etapas de impugnación.

Sin embargo en el análisis del caso se evidenció que el mismo día de la audiencia venció el plazo para la presentación de una impugnación extraordinaria ante el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (TSJ), sin la presentación de la misma, quedando solo en pie un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En función de que el código excluye del plazo las impugnaciones ante la Corte, la jueza Ojeda rechazó de plano el pedido de sobreseimiento y confirmó la condena de 18 años impuesta a Troncoso.

Si bien el caso fue rechazo se trató del primer planteo por el vencimiento del plazo de tres años que otorga el nuevo código a todas las causas.


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