Revés judicial para los «autoconvocados» que cuestionan el contrato del cerro Catedral

Un legislador, dirigentes sindicales y sociales impulsan la acción legal contra el acuerdo de la municipalidad de Bariloche y Catedral Alta Patagonia.

La demanda judicial que presentaron los “vecinos autoconvocados por un cerro Catedral para todos” para reclamar la inconstitucionalidad de la ordenanza que aprobó la prórroga de la concesión en favor de la empresa Catedral Alta Patagonia (Capsa) retrocedió varios casilleros.

El Superior Tribunal de Justicia le dio la razón al municipio y rechazó la “legitimación activa” del legislador del Frente de Todos, Ramón Chiocconi, los dirigentes sindicales Jorge Molina y Edgardo Straini, el abogado del PJ Leandro Costa Brutten, los dirigentes sociales Luis Rossi y Luis Suero y el catedrático Tomás Guevara para promover la acción dirigida a frenar el nuevo contrato.

Chiocconi dijo hoy que el fallo los obliga a replantear la estrategia, pero no cierra el caso. Señaló que están dispuestos a recurrir ante la Corte Suprema y que “en los próximos días” se reunirán con su equipo de abogados para resolver cómo siguen.

El legislador mencionó como un punto a favor las posturas divididas en el Tribunal, ya que el fallo resultó contrario a los autoconvocados por una estrecha diferencia de tres a dos.

La mayoría la conformaron los jueces Sergio Barotto, Liliana Piccinini y Ricardo Apcarian. Mientras que Adriana Zaratiegui y Enrique Mansilla (los magistrados que se jubilarán en pocos días) votaron por rechazar el recurso del municipio.

La concesión del cerro Catedral en vigencia vence en 2026 y el intendente Gustavo Gennuso acordó con la empresa Capsa la prórroga directa y anticipada (sin licitación) hasta 2056 a cambio de un plan de inversiones por 22 millones de dólares y los derechos sobre una futura urbanización al pie de la montaña.

La ordenanza fue aprobada en 2018. Pero estuvo frenada por una medida cautelar y se firmó recién el año pasado.

Los accionantes reclamaron al STJ que declare la inconstitucionalidad y se presentaron “en defensa de intereses referidos a la protección ambiental, la participación democrática y la legalidad de los actos administrativos”.

Alegaron entre otras cosas que la audiencia pública realizada en 2018 demostró sobradamente que la prórroga del contrato “no tenía licencia social” y que además se juntaron 6.000 firmas para pedir un referéndum, que fueron desestimadas por el Concejo.

Los jueces de la mayoría (en coincidencia con el procurador general Jorge Crespo) entendieron que los firmantes de la demanda “carecen de legitimación suficiente”.

El juez Barotto dijo que “en la acción de inconstitucionalidad no cualquiera asume la condición de parte interesada”. Citó doctrina del mismo STJ y observó que “los actores no acreditaron -ni tampoco invocan- un perjuicio directo a sus derechos individualmente considerados”.

En tanto que la jueza Piccinini subrayó que para dar curso a la querella la condición de “parte interesada” de los demandantes constituye un “presupuesto ineludible”, que no quedó probado.

El juez Mansilla se pronunció en contra de acoger el planteo del municipio pero quedó en minoría. Dijo que la expresión “parte interesada” que establece la Constitución Provincial “no ha de ser interpretada vía pretoriana como ´interés personal y directo´, al menos frente a situaciones de relevancia institucional”.

Agregó que en esos casos, “sin necesidad de demostrar perjuicios individuales especiales, reúnen la aptitud requerida por la Constitución para demandar” y por eso correspondía desestimar la “excepción” requerida por el municipio.

Chiocconi dijo que la inversión a la que se obliga Capsa a partir de lo pactado con la gestión Gennuso no tiene la envergadura invocada y está lejos de ser lo que necesita el cerro. Señaló que con el contrato viejo -vigente hasta 2026- la empresa estaba obligada a dejar para esa fecha al menos la mitad de los medios de elevación con una antigüedad que no supere los diez años.

“Hoy los más nuevos son de 1997, de modo que Capsa ya tenía que realizar una fuerte inversión en lo inmediato, sin necesidad de ninguna prórroga -argumentó-. Y sería un monto muchísimo mayor del que le exigieron ahora”.

Dijo que eso demuestra el perjuicio sufrido por la ciudad, sin considerar las implicancias ambientales de los nuevos desarrollos concedidos a la empresa.


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