Cómo importar maquinaria usada: la guía paso a paso, advertencias y todo lo que hay que saber
Con la legislación actual, un productor puede adquirir directamente este tipo de bienes. Explicamos las normas aduaneras, sanitarias y ambientales que se deben cumplimentar. También detallamos el procedimiento a seguir y las precaucaciones a tomar para garantizar una experiencia favorable.
Desde abril de 2025, la importación de maquinaria y bienes de capital usados dejó de requerir la autorización previa conocida como CIBU (Certificado de Importación de Bienes Usados). El Decreto 273/2025, publicado en el Boletín Oficial el 16 de abril, eliminó ese trámite, que durante años había sido una de las principales trabas para modernizar el equipamiento productivo del país.
La medida forma parte de una política de simplificación y apertura que busca agilizar el ingreso de tecnología, reducir costos y facilitar la renovación del parque de maquinaria agrícola e industrial. En la práctica, esto significa que hoy un productor puede importar directamente una máquina usada, siempre que cumpla con las normas aduaneras, sanitarias y ambientales vigentes.
Importación de maquinaria usada: un aliado frente a la falta de crédito
En un escenario económico donde el acceso al crédito resulta limitado y las tasas de interés se tornan difíciles de afrontar, muchos productores y pymes agroindustriales encuentran una alternativa viable en la adquisición de maquinaria usada en buen estado.
Tractores, sembradoras o enfardadoras con algunos años de uso pueden costar hasta la mitad que un equipo nuevo, sin resignar desempeño ni confiabilidad. De esta manera, se abre la posibilidad de renovar equipamiento, optimizar tiempos de trabajo y mejorar la eficiencia de las labores rurales, sin necesidad de recurrir a financiamientos inalcanzables o importaciones de alto costo.

El impacto trasciende lo individual: la incorporación de tecnología (aun mediante bienes usados) impulsa la productividad, reduce consumos energéticos y fortalece la competitividad exportadora del sector agropecuario. En definitiva, constituye un paso esencial para agregar valor a la producción nacional y favorecer el ingreso de divisas genuinas al país.
Qué exige la Aduana al ingresar maquinaria usada
Toda maquinaria usada que se importa al país pasa por canal rojo obligatorio. Esto implica que, antes de su liberación, debe superar una verificación documental y física. El control se fundamenta en el Código Aduanero (Ley 22.415), que faculta a la Aduana a inspeccionar, y en caso de incumplir los requisitos, rechazar, denunciar y exigir la reexportación del bien.
Se rechaza el ingreso cuando la máquina:
- Está fuera de servicio o sin partes esenciales.
- No puede demostrarse su funcionamiento (video o informe técnico).
- Presenta corrosión, residuos de aceite o suelo.
- Carece de documentación de origen o especificaciones técnicas.
La Aduana puede requerir un certificado del fabricante o de un técnico matriculado que garantice su aptitud funcional. En situaciones dudosas, intervienen organismos técnicos como el INTI, ARCA (División Técnica de Importación y Valoración) o Senasa, para constatar que el bien conserve al menos una capacidad operativa aceptable. Además, el importador debe acreditar el valor de uso y destino productivo de la maquinaria ya que está prohibido el ingreso de equipos considerados residuos o chatarra.
Dato
- 35%
- Arancel máximo que puede pagarse por la importación de bienes usados.
La importación de bienes usados continúa pagando un arancel diferencial: el doble del Derecho de Importación Extrazona (DIE) aplicable al mismo bien nuevo, con un tope máximo del 35%. Por ejemplo, si una máquina nueva tributa 14% de DIE, la misma usada pagará 28%.
Además, se mantiene la exigencia de presentar una declaración jurada en el Sistema Informático Malvina (SIM), donde el importador manifiesta que el bien no es un residuo peligroso ni se importa con fines de disposición final o valorización energética. Este paso, gestionado por el despachante de aduana, garantiza que la maquinaria conserva valor de uso y respeta la Ley 24.051 de residuos peligrosos.
El papel del Senasa en la importación de maquinaria usada
Uno de los puntos menos conocidos (y donde suelen aparecer demoras o rechazos) es el permiso Afidi (Autorización Fitosanitaria de Importación), emitido por SENASA. Aunque está asociado a productos vegetales o de madera, la maquinaria agrícola usada también puede requerirlo. El motivo es que equipos provenientes del exterior pueden traer tierra, residuos vegetales o plagas adheridas.
Antes de comprar, el productor debe consultar con su despachante si la posición arancelaria o el tipo de máquina encuadran en las categorías que exigen AFIDI. Si el equipo tiene contacto con suelo o materia vegetal (por ejemplo, cosechadoras, tractores, máquinas forestales) seguro que necesitará el permiso y limpieza certificada en origen.
Normativa cambiaria: un detalle que puede frenar
Otro error habitual es pasar por alto la normativa cambiaria. Quien compra dólar MEP queda automáticamente inhabilitado por 90 días para girar divisas al exterior a través del Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), lo que puede impedir el pago al proveedor y generar retrasos o bloqueos en la operación.
Paso a paso: cómo importar maquinaria usada
- Asesorarse con un despachante de aduana. Es quien analiza la posición arancelaria, incoterm, tributos, logística, certificaciones de terceros organismos y requisitos bancarios.
- Seleccionar proveedor o fabricante. El despachante puede asistir en la búsqueda y verificación técnica.
- Costear la operación. Incluir flete, seguros, aranceles, IVA, honorarios y gastos portuarios.
- Verificar requisitos sanitarios. En caso de maquinaria agrícola, tramitar Afidi ante Senasa.
- Documentación. Con frecuencia, el proveedor extranjero desconoce los requisitos formales que exige la normativa local y como enviar la documentación original (factura, lista de empaque, conocimiento de embarque, certificado de origen, de calidad, fichas técnicas, fitosanitario, entre otros) para que sea aceptable ante el banco, la Aduana y los organismos de control argentinos. Por eso, toda la documentación debe enviarse anticipadamente para su revisión y validación por parte del despachante de aduana, garantizando que cada dato coincida y cumpla con los estándares requeridos por las autoridades argentinas.
- Negociar forma de pago al proveedor. Los bancos pueden autorizar 30 % anticipado, 50 % al embarque y 20 % al ingreso aduanero, aunque varía de acuerdo a la negociación con el exportador del exterior y al acuerdo con el banco que se opera.
- Coordinar embarque y arribo. Los principales puertos son Buenos Aires, Zárate, Bahía Blanca, y vía Chile si el destino es la Patagonia.
- Liberar la carga. Intervienen ARCA, SENASA y Medio Ambiente para controlar el cumplimiento de todos los requisitos.
Advertencias y “letra chica” de la importación de maquinaria usada
- No todo lo “usado” es importable: los bienes deben conservar valor de uso y funcionalidad comprobable.
- Equipos con aceites, fluidos o restos de suelo pueden ser retenidos hasta su limpieza o rechazados.
- Las normas ambientales y sanitarias son estrictas: la responsabilidad final recae sobre el importador, aun cuando actúe por medio de un despachante.
- A partir del 1° de octubre de 2025, China puso en vigor la normativa 17/2025 que prohíbe la exportación desde China bajo licencias de terceros, es decir, que una empresa china utilice la licencia o el registro de otra para exportar. Bajo esta normativa, la empresa que realiza la exportación debe estar registrada como exportadora en China, con su propia licencia de exportación/formalidad, y debe corresponder con el “verdadero exportador” del producto. El objetivo: aumentar la trazabilidad, control fiscal y aduanero de las exportaciones chinas; evitar operaciones en las que un intermediario “presta” licencia de exportación o exporta en nombre de otro sin claridad. La no cumplimentación genera problemas con ARCA en destino y con el banco ya que el importador tendrá problemas para girar los pagos al exterior.
Consideraciones finales
La eliminación del CIBU y la apertura a la importación de bienes de capital usados constituyen una oportunidad concreta para recuperar competitividad, renovar flotas y aumentar la productividad del agro argentino, siempre que se actúe con asesoramiento adecuado y respeto estricto de las normas vigentes.
En un contexto de exceso de información que con frecuencia genera confusión, donde muchos informes periodísticos carecen del respaldo técnico necesario por no consultar a especialistas, provoca que muchos potenciales importadores se desalienten, enfrentando:
- trámites innecesariamente complejos,
- asesoramiento inadecuado por desconocimiento de la secuencia correcta,
- costos adicionales,
- y experiencias frustrantes que podrían haberse evitado con una adecuada planificación profesional.
Nuestro estudio asesora a importadores y productores de distintos sectores, así como a concesionarias que comercializan equipos nuevos. Estas últimas nos transmiten que la apertura a la importación de maquinaria usada no ha afectado significativamente, por el momento, las ventas de equipos nuevos.
La diversidad de marcas, orígenes y modelos permite cubrir todas las necesidades y preferencias del mercado: habrá quienes busquen ahorro mediante la importación de maquinaria usada, y otros que prefieran comprar localmente a concesionarias de confianza, priorizando garantías, respaldo técnico y financiamiento.
En definitiva, la diversidad de opciones es positiva siempre que la economía crezca y haya espacio para todos. A nadie le sirve que desaparezcan fábricas o marcas que trabajan con calidad y compromiso. Este equilibrio (entre producción nacional, importaciones responsables y competencia sana) puede y debe replicarse en muchos otros rubros.
Confío, como muchos, en que la economía argentina crezca y genere oportunidades para todos.
(*) Despachante de Aduana – Cominter Central S.A., prestigiosa empresa del sector aduanero.
Contacto: rodrigo@cominterba.com
Desde abril de 2025, la importación de maquinaria y bienes de capital usados dejó de requerir la autorización previa conocida como CIBU (Certificado de Importación de Bienes Usados). El Decreto 273/2025, publicado en el Boletín Oficial el 16 de abril, eliminó ese trámite, que durante años había sido una de las principales trabas para modernizar el equipamiento productivo del país.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios