Empleadas domésticas: Qué pasa con mis horas de trabajo y el contrato, tras la asunción de Milei

Las empleadas domésticas registradas deben trabajar y percibir los últimos incrementos salariales, previstos para diciembre. Sin embargo, los sindicatos advierten por posibles maniobras fraudulentas.

Las empleadas domésticas registradas contratadas de forma mensual tienen pendiente un aumento salarial más, previsto con los haberes de diciembre a mes vencido, del 10%. Se trata de la liquidación de la tercera cuota del acuerdo cerrado en octubre último, de un total del 34%.

Sin embargo, aquellas empleadas domésticas que trabajen por hora ya deben haber percibido la última liquidación salarial con aumento durante estas semanas, lo que impactará negativamente en los haberes del mes de enero, ya que no hay previsto ninguna nueva convocatoria paritaria para el sector.

Por esta razón, desde la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) emitieron un comunicado por las cuestiones salariales y por los contratos realizados con las empleadas domésticas, ya que no pueden reducirse de manera unilateral la cantidad de horas trabajadas.

Con la llegada del nuevo gobierno de Javier Milei, desde la unión que nuclea a las empleadas domésticas señalaron que, en caso de querer disminuir la jornada laboral, el empleador debe generar un nuevo convenio consensuado.

Además, a partir de este nuevo acuerdo, el empleador debe notificar correspondientemente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre esta nueva carga horaria, siempre que haya sido avalada por la empleada doméstica.

Empleadas domésticas: Qué día cobro el aguinaldo de diciembre


La primera cuota de aguinaldo para empleadas domésticas debe abonarse en la última jornada laboral del mes de junio. Para cancelarlo, existen dos opciones: puede incluírselo dentro del sueldo de junio, y entonces deberá pagarse como máximo el último laboral del mes tal como lo establece la ley; o bien puede pagarse por separado, con un recibo de sueldo aparte.

Por su parte, en el caso de la segunda cuota del aguinaldo para empleadas domésticas, durante diciembre se abona también en el transcurso de la última jornada laboral del mes, dentro de la liquidación de diciembre o con recibo de sueldo aparte.

Cabe recordar que cuando se extinga el contrato de trabajo, por cualquier causa, corresponde el pago de un proporcional al sueldo anual complementario, devengado en el respectivo semestre.


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