A 20 años de la anulación de las leyes de impunidad

El Punto Final y Obediencia Debida fueron derogadas el 13 de agosto por la cámara de Diputados de la Nación y el 21 en el Senado se convirtió en ley. Tres años después, comenzaron los juicios por la reapertura de las causas penales.

“En todos los años que duró la dictadura, la APDH creyó que íbamos a lograr un mañana diferente, y que iba a estar guiado por la necesidad de conseguir justicia para que pudiera haber verdad y la memoria no fuera una foto de lo que había sucedido: no era un palabrerío que termina como indultando a los responsables”, resumió Noemí Labrune al ser consultada por las consecuencias de la anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, a 20 años de la sanción.

La dirigenta de la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén destacó que como consecuencia de la nulidad de las leyes, las condenas que hubo en los sucesivos tribunales orales en la región y el país, fueron importantes.

Aclaró que “todo vino después de un fracaso”, en clara referencia a las leyes del Punto Final (que estableció un plazo acotado de 2 meses para desarrollar las investigaciones judiciales y pedir imputaciones) y la de Obediencia Debida, que dejaban en libertad a los ejecutores de los crímenes, después de haber juzgado a las Juntas Militares.

Labrune recordó que las leyes de impunidad pararon los juicios penales y lo que de esos procesos se hubiera conseguido. «Que los responsables del genocidio fueran condenados y encarcelados en la edad en la que todavía podían aspirar a ascensos militares, vivir tranquilos con sus familias y una vida normal, como lo hicieron, pese a ser responsables de tantos crímenes y torturas”, planteó.

Insistió que el tiempo de vigencia de la ley de Obediencia Debida evitó que fueran juzgados cuando jurídicamente era el momento.

“La dictadura había sido vencida, había que castigar a los militares, debían sufrir plenamente su castigo en su posición económica, en su historia de profesionales y hemos tenido que hacer los juicios cuando ya estaban todos retirados y algunos con condiciones de salud que no permitieron el castigo: esto fue la consecuencia de la ley de Punto Final y Obediencia Debida: fue una victoria que se suspendiera, tras una derrota que durante muchos años impidió las acciones judiciales que hicimos a partir de su derogación”, fustigó.

La cámara de diputados de la Nación dictó la anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida el 13 de agosto de 2003 y luego el 21 de agosto la sanción de la Cámara de Senadores, la convirtió en ley, hace 20 años.

Semanas previas, había surgido un fallo judicial en el que se ordenó la detención del dictador Jorge Videla para responder por la apropiación de los bebés nacidos en los centros clandestinos, porque el robo de niñeces quedaba fuera de las leyes del perdón.

Desde España, el juez Baltazar Garzón había solicitado la extradición de 40 militares en base al precepto internacional de Justicia Universal, porque estaban imputados de crímenes de lesa humanidad que en la Argentina, no se iban a llevar a juicio, debido al ordenamiento legal interno.

Había una fuerte oposición al proyecto enviado por el entonces presidente Néstor Kirchner: se oponían a la anulación con el argumento de que debía ser la Corte la que debía expedirse primero sobre la inconstitucionalidad de la leyes del perdón, antes de sancionar una ley que las planteó como “insalvablemente nulas”.

En Neuquén una marcha de más de 2.500 personas exigió en la calle la aprobación de la ley, que se votó pasadas las 23,34 con 185 legisladores y diputadas presentes.

Cuando se inició la votación en la cámara de Diputados de la Nación de lo que luego fue la ley de anulación (25.779) el bloque del oficialismo (PJ) estaba dividido y algunos votaron en contra, en tanto la UCR se abstuvo en bloque. El MPN votó a favor y lo mismo hizo el Frente Grande, el ARI y la Izquierda.
La diputada rionegrina Marta Milesi (UCR) fue una de las legisladoras que había adelantado su voto a favor de la anulación de la leyes que procuraban la impunidad.

En una sesión histórica, el 13 de agosto se votó por unanimidad la adhesión a la Convención por la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y lesa humanidad. Luego se incorporaron los principios de la Convención al código procesal penal y entonces llegó la votación de nulidad absoluta la ley de Punto Final (1976) y Obediencia Debida (1987) .

“Fue un momento muy emotivo, quienes veníamos de la formación ya en democracia y habíamos transitado las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, nos parecía un logro. Sabíamos que iba a ser necesaria la sentencia que luego vino del Poder Judicial, pero después de un liberalismo que fue muy negacionista y de que habíamos estado saliendo de situaciones altamente críticas en el país, creo que fue una enorme satisfacción haber estado presente no solo en la sesión sino en el debate, a sabiendas de que estábamos a la espera de la definición judicial”, dijo Alicia Comelli, entonces diputada nacional y actual subsecretaria de Derechos Humanos en Neuquén.

En el tratamiento previo, hubo silencio, dijo. “Teníamos leyes de alta confrontación, pero para este caso, no había quórum o cuando lo había, el proyecto no pasaba con las firmas necesarias para llegar a la comisión definitiva y alcanzar el recinto:nadie confrontaba, se dilataba”, recordó.

Dijo que en 2003 “había un cambio de época con relación al compromiso con los derechos humanos y para con la historia; entendiéndola en su momento y su contexto, donde el partido militar era muy fuerte. Con la sanción de la ley de anulación y el cabo de época, el fallo de la Corte (en junio de 2005) fue una sentencia lógica” que permitió la reapertura de las causas penales por los crímenes cometidos durante la dictadura.


Los juicios, sin condena en Bahía Blanca, en el libro de Labrune


“Se daba la paradoja de la impunidad por delitos gravísimos y la posibilidad tener condena penal por la reticencia al declarar como testigos en un juicio con finalidad solo informativa”, escribió Nerea Monte, en el capítulo 10 del libro “Noemí Labrune y la lucha por los Derechos Humanos”.

Monte, abogada e integrante de la APDH detalló el avance legal (en busca de prueba) de los “Juicios por la Verdad” (1998-2000) en el país y en Bahía Blanca durante la vigencia del Punto Final y la Obediencia Debida. Las audiencias fueron para conocer el destino de los desaparecidos y, ante los jueces, la reticencia a declarar de militares y eclesiásticos que colaboraron con la tortura implicó el inicio de causas por falso testimonio.

El libro, se volvió a editar con nuevos capítulos para la presentación en el Feria de Libro en Neuquén. Se puede leer gratis en formato digital, en la colección de la Unco.


Los juicios que se lograron luego de la anulación


La anulación de las leyes que permitieron la impunidad de los crímenes durante la dictadura militar “trajo la posibilidad, que antes estaba totalmente obturada, de que la APDH trabajara en la concreción del capítulo de la historia del castigo a los genocidas”, explicó Noemí Labrune, de la APDH Neuquén.
La sanción de la ley de Obediencia Debida en 1987 provocó una crisis en la organización, cuando el presidente Raúl Alfonsín, que fue parte de la APDH nacional envió las leyes al Congreso.

El nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel renunció a la mesa nacional del organismo y en 1988 monseñor Jaime de Nevares, también dimitió.

La delegación Neuquén se escindió de la Asamblea Permanente Nacional y se constituyó independiente, con personería propia, como Asamblea Por los Derechos Humanos de Neuquén (APDH).

La anulación en 2003 del Congreso Nacional devino luego en los fallos “Simón” y “Arancibia” en 2004 y 2005 cuando la Corte Suprema de Justicia dictaminó (por imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad) la inconstitucionalidad y nulidad de las leyes.

“Se iniciaron los juicios y estamos en el octavo, donde se relatan las acciones que las Fuerzas Armadas desarrollaron durante la dictadura en contra de la ciudadanía, una acción judicial que terminó en condenas importantes a los responsables del genocidio tanto a los altos mandos por su responsabilidad en una acción que comandaron, como a los que ejecutaron estas órdenes”, dijo Labrune.

Reforzó como importante que en el TOF Neuquén las penas abarcaron a los que dieron las órdenes delictivas y a los que las ejecutaron.

“La APDH tuvo el privilegio de haber trabajado en el final de la dictadura con un juez -ya fallecido- como Rodolfo Rivarola. Se había hecho mucho para 1984 en la investigación, incluso una inspección ocular por parte de las víctimas que padecieron tormentos en el centro clandestino LaEscuelita”, dijo Labrune.
Agregó que aquel avance fuerte antes de las leyes de impunidad abundó en que, con la reapertura de la causa penal en diciembre de 2005 en Neuquén “por fin sin ningún condicionamiento”, se llegó a instrumentar hasta 7 juicios con sentencia y un octavo que comenzará en octubre contra el juez federal Pedro Duarte y el fiscal federal Víctor Ortiz.

Pero en ese lapso “lo mismo que pasó con los imputados, ocurrió con los testigos y con los liberados luego de haber padecido el crimen de la desaparición forzosa: algunas víctimas ya no estaban (por fallecimiento) y había que encontrar testigos que se habían mudado”, describió.

Labrune insistió en la importancia de la labor continua de la APDH en acompañar al accionar de los abogados querellantes con la difusión de las audiencias, la invitación a los docentes para que asistieran con grupos de estudiantes secundarios, terciarios y universitarios a la sala del juicio. “La tarea de los jueces terminó en sentencias que hemos aceptado en general y apelado en algunos puntos cuando nos parecieron flojas”, finalizó.


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