Financiamiento universitario: la Justicia hizo lugar a una medida cautelar y frenó el decreto de Javier Milei

El juez federal Martín Cormick hizo lugar al amparo del CIN y ordenó al Gobierno cumplir de inmediato con la actualización de salarios docentes y becas. Consideró que el decreto presidencial presenta rasgos de "ilegalidad manifiesta" al desconocer la insistencia del Congreso sobre la ley.

Sigue la disputa por la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente (ley 27.795) que fue no solo aprobada, sino que insistida por el Congreso. El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, hizo lugar a una medida cautelar y frenó el decreto de Javier Milei que suspendía su vigencia.

De esta manera, el juez federal ordenó al Gobierno Nacional a cumplir de manera inmediata con la ley que establece una actualización de las partidas destinadas al pago de salarios docentes y becas estudiantiles.

El caso llegó a la justicia luego de que el Consejo Interuniversitario Nacional presentara una acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional.

Allí, cuestionaron la validez del decreto de Javier Milei que condicionaba la aplicación de una ley que fue aprobada e insistida por ambas cámaras del Congreso.

Cormick indicó que la cautelar puntualizaba principalmente el tema de las actualizaciones de las partidas salariales y de becas, por lo que constituía «una decisión excepcional» porque altera «el estado de hecho y derecho existente al tiempo de su dictado y configura -en consecuencia- un anticipo de jurisdicción favorable respecto de un fallo final”.

Según estimó el magistrado, el Decreto 759/2025 presenta rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta» al considerar todo el proceso legislativo que tuvo la ley 27.795.

“La insistencia legislativa no admitiría en el prematuro análisis que permite efectuarse cautelarmente, otra solución que la efectiva aplicación de la ley que se trata«, mencionó y agregó que no resultaba admisible en esta etapa una «variante suspensiva» frente a una norma sancionada.


Qué dijo la Justicia sobre los fondos para que se aplique la ley vetada por Milei


Según argumenta el Gobierno, los vetos tanto a la Ley de Financiamiento Universitario como a la de Emergencia en Discapacidad surgen debido a que los proyectos no aclaran de dónde surgen los fondos para dichas actualizaciones.

El reciente fallo consideró que el Poder Ejecutivo funda sus argumentos en una norma que tiene menor jerarquía frente a un mandato constitucional expreso.

El artículo en el que se basa el Gobierno para dejar sin aplicación el financiamiento universitario sostiene que cualquier “ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.

Cormick analizó que “la solución aparente y precautoria» se basa en la prevalencia del texto constitucional: es decir, si el texto fue insistido en el Congreso dos veces, el proyecto «es ley y pasa al Poder Ejecutivo»; sin prever, en principio, una «variante suspensiva» para su promulgación.

Asimismo, el juez también remarcó la ley sancionada ya se enmarca en un cuadro de emergencia salarial y que por eso la cautelar solicitada por los demandantes corre con el «peligro en la demora».

El magistrado apuntó que el deterioro salarial de los demandantes también afecta a sus tareas laborales dentro del Estado Nacional, perjudicando así también a los propios estudiantes.

En este sentido, aseveró que la no concesión de la medida sólo implica un ahorro presupuestario «poco significativo», ya que la  Oficina de Presupuesto del Congreso ubicó que afectaba 0,23% del PBI. La cautelar regirá hasta el dictado de la sentencia definitiva y fue concedida bajo caución juratoria.


Sigue la disputa por la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente (ley 27.795) que fue no solo aprobada, sino que insistida por el Congreso. El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, hizo lugar a una medida cautelar y frenó el decreto de Javier Milei que suspendía su vigencia.

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