Rampas en aeropuertos: el Gobierno cambió las reglas y fijó nuevos límites

El Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) derogó una resolución previa y avanzó con un nuevo esquema de asignación de espacios.

El Gobierno nacional reglamentó el funcionamiento del servicio de rampas en los aeropuertos y avanzó con cambios que modifican la operatoria diaria con el fin de reafirmar la libertad de acceso y establecer límites a la asignación de espacios físicos para los prestadores del sector.

Una decisión oficial que redefine el acceso y uso de los aeropuertos


La medida fue confirmada este viernes y se conoció a través de una resolución del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) tras la derogación de una norma previa publicada en noviembre.

La decisión fue adoptada por el director del ORSNA, Facundo Leal, quien dejó sin efecto la Resolución 51/2025 y respaldó el nuevo esquema en lo dispuesto por la Resolución N° 49 de 2024 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

En ese marco, el organismo reafirmó la libertad de operación para los prestadores del servicio de rampa y fijó mecanismos excepcionales solo en casos donde existan limitaciones físicas de espacio dentro de los aeropuertos.

Foto: Gentileza NA.

“Ningún operador aeroportuario, en principio, podrá limitar o impedir el acceso al aeropuerto y la realización de tareas a los Prestadores de Servicio de Rampa (PSR) que así lo requieran”, sostuvieron en el documento oficial.

Nueva reglamentación: cómo se fijan los precios


Si la demanda de espacios por parte de los PSR supera la capacidad disponible, los operadores aeroportuarios podrán solicitar una autorización excepcional ante el ORSNA, de acuerdo a un reglamento específico incorporado a la normativa vigente.

La asignación y reasignación de espacios deberá respetar criterios de concurrencia, publicidad, libre competencia, transparencia e igualdad, y quedó prohibido otorgar la totalidad de los espacios disponibles a un solo prestador.

Además, los precios por el uso de espacios e infraestructura aeroportuaria deberán ser uniformes para todos los PSR, sin subastas ni mecanismos similares, y sin favorecer a un operador por sobre otro.

La resolución también estableció que los conflictos económicos no podrán justificar la interrupción del servicio de rampa y que “los reclamos entre el Explotador Aéreo y el Prestador de Servicio de Rampa (PSR) deberán resolverse de acuerdo a los instrumentos jurídicos suscriptos entre ellos”.


El Gobierno nacional reglamentó el funcionamiento del servicio de rampas en los aeropuertos y avanzó con cambios que modifican la operatoria diaria con el fin de reafirmar la libertad de acceso y establecer límites a la asignación de espacios físicos para los prestadores del sector.

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