Una condena ejemplar

La carta destacada

El Tribunal de Impugnación Provincial de Bariloche confirmó el fallo condenatorio a 11 años de prisión para quien agredió a su pareja, señor Pablo Cáceres. Con esta decisión se dio cabal cumplimiento a los tratados de rango constitucional que protegen los derechos de las mujeres, los cuales tienen cumplimiento efectivo por los Estados firmantes –conforme al artículo 75º, inciso 22 de la Constitución nacional. Urge que los miembros del Poder Judicial internalicen qué es una víctima y las consecuencias gravosas que generan para su vida este tipo de delitos que provocan en ella una conmoción, en un contexto de daño y peligro tanto para sí como sus allegados. De allí que el derecho penal debe protegerla dictando fallos ejemplares como el referido, pues la violencia doméstica es un delito que vulnera derechos humanos fundamentales como la vida, el honor, la libertad, la intimidad y la salud. Tal como lo contemplan también los Principios Fundamentales de Justicia y de Asistencia para las Víctimas de Delitos (Milán, 1985). Otro instrumento internacional es la Convención de Belem Do Pará adoptado por la Organización Estados Americanos (OEA) para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, por la cual se reconoce que la violencia impide el pleno ejercicio de los derechos civiles, sociales, políticos y culturales. Como obligación de los estados firmantes contempla el adoptar medidas para que el agresor cese de hostigar, amenazar y dañar. Establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer sometida a violencia. Establecer mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer que haya sufrido violencia tenga acceso efectivo a la Justicia para el resarcimiento del daño.

Alicia Martínez

DNI 14.712.012

Convención de Belem Do Pará

Alicia Martínez

DNI 14.712.012


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