Vaticano adopta ley de transparencia financiera
El Vaticano anunció ayer la adopción de una nueva ley “en materia de transparencia, vigilancia e información financiera” con el objetivo de prevenir actividades ilegales. Concretamente, la norma aclara las funciones de la Autoridad de Información Financiera y consolida la disciplina existente sobre vigilancia de entidades como el Instituto para las Obras de Religión (IOR), el banco del Vaticano La nueva ley, adoptada el martes por la Comisión Pontificia para el Estado de la Ciudad del Vaticano, se basa en el decreto del Governatorato y el “motu propio” (ley papal) del papa Francisco del pasado 8 de agosto. La medida, aclaró el Vaticano, sigue la normativa vigente “para la prevención y el contraste de la actividad ilegal en el campo financiero y monetario”, introducida también “motu proprio” por el papa emérito Benedicto XVI, según consignó la agencia EFE. La nueva norma consolida la disciplina existente sobre prevención y lucha contra el lavado del dinero, financiación del llamado terrorismo, vigilancia y reglamentación de las entidades financieras y colaboración e intercambio de información con la Autoridad de Información Financiera a nivel interno e internacional. El director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, el padre Federico Lombardi, ha explicado que esta ley está “ en línea con los parámetros internacionales, en particular, con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI) y las fuentes de la Unión Europea”. Concretamente, la ley XVIII “aclara y consolida” las funciones, los poderes y las responsabilidades de la Autoridad de Información Financiera (AIF) en el ejercicio de la función de vigilancia y regulación para la prevención y la lucha contra el blanqueo y la financiación del terrorismo; la función de información financiera y la de vigilancia prudencial. Además, esta norma “consolida la disciplina existente” en materia de medidas de prevención y lucha contra el blanqueo y la financiación del terrorismo; de vigilancia y regulación de las entidades que desarrollan profesionalmente una actividad de naturaleza financiera –como el IOR y APSA–; de colaboración e intercambio de informaciones por la Autoridad de Información Financiera (AIF) a nivel interno e internacional”, entre otros.
AP
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