Siguen los cambios impositivos en Neuquén

El nuevo sistema para la presentación de las declaraciones de Ingresos Brutos será obligatorio recién en abril. Además, AFIP recategorizó de oficio a monotributistas por primera vez.

El inicio de año, suele ser una época donde las novedades abundan. El comienzo del 2018, no ha sido la excepción, y a los acontecimientos que habitualmente ocurren en esta época, se le han sumado importantes cambios, sobre todo en relación con las reformas tributaria y previsional.

En este espacio ya nos hemos ocupado de ellas, a propósito del importante impacto generado a nivel nacional, y también hemos comentado los cambios promovidos por los Ejecutivos provinciales, sobre todo en materia de impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB), que marcaran la agenda futura.

Al respecto, la Dirección Provincial de Rentas (DPR) de la Provincia de Neuquén, emitió la Resolución 488 en el mes de noviembre del año pasado. A través de dicha norma, implementó el sistema “SIFERE locales”, para confeccionar, presentar y abonar las declaraciones juradas de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia del Neuquén.

Este sistema, similar al utilizado por los contribuyentes del Convenio Multilateral, resultó de uso optativo para los vencimientos de diciembre y enero de 2017.

A partir de los vencimientos operados en febrero de 2018, resultaba obligatorio, para todos los contribuyentes directos. Esta imposición, finalmente no operará, debido a que el día 6 de febrero, la DPR dispuso la prorroga hasta el mes abril de 2018, esto es, para los vencimientos correspondientes al período fiscal marzo de 2018.

El sistema, funciona a través de la página web de la AFIP, con clave fiscal, debiéndose incorporar la relación “SIFERE locales-Provincia del Neuquén”.

Aunque es lógica y esperable cierta resistencia al cambio, no debemos obviar un detalle que facilitara la labor diaria a mucha gente, y es la incorporación de los medios electrónicos de pago -VEP-, lo que sin dudas también contribuirá al cumplimiento en tiempo y forma.

Por otra parte, la DPR también adecuó el régimen general de retenciones del impuesto sobre IIBB, excluyendo dentro de los sujetos pasibles de retención, a aquellos contribuyentes que adhieran al Régimen Simplificado –establecido por la Res 585/2017–.

Recordemos que este régimen –opcional para aquellos contribuyentes directos que sean monotributistas–, está vigente desde este año y prevé el pago obligatorio mensual de un importe fijo, que, dependiendo de la categoría, varía entre $ 200 y $ 860.

Finalmente, y ya dentro de la órbita de la AFIP, el Organismo publicó el lunes 5, el primer listado de monotributistas recategorizados de oficio, de acuerdo con las disposiciones de la RG 4103. Rápidamente, recordemos que la norma habilita la recategorización de oficio por parte del Fisco, cuando detecte, a través de controles informáticos, que los contribuyentes adheridos al monotributo no hubieran cumplido con la recategorización cuatrimestral o la realizada fuera inexacta.

Los motivos y elementos de juicio que acreditan la causal de “recategorización de oficio” pueden ser consultados en la web de AFIP con clave fiscal a través del servicio “Monotributo – Recategorización de oficio”.

La citada recategorización podrá ser objeto de recurso de apelación dentro de los 15 días de la fecha de publicación del listado.

En el mismo orden, la AFIP cumplió con una nueva publicación del listado de contribuyentes excluidos del monotributo. Para estos sujetos, el futuro no es tan oscuro, y en ese sentido, el Fisco ofreció una especia de bálsamo reparador, y amplió el plan de facilidades de pago permanente para aquellos excluidos durante todo el año 2017 –antes, era solo para los excluidos a partir del 1 de octubre de 2017–.

Mediante el citado régimen de facilidades de pago, se podrán regularizar obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, como así también los aportes personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses. La adhesión se realizará a través del sistema “Mis Facilidades”, y aquellos pagos realizados en exceso, posteriores a la exclusión, con destino al régimen simplificado, se podrán reimputar en concepto del componente impositivo y previsional a períodos impagos del régimen simplificado anteriores a la exclusión y a aportes personales de los trabajadores autónomos. En caso de que quede un excedente, el mismo se podrá imputar contra el impuesto al valor agregado y el impuesto a las ganancias, en ese orden.

Datos

El inicio de año suele ser una época donde las novedades abundan. Este verano lo más importante son los cambios introducidos en Ingresos Brutos.

Pulso Consultor

Datos

Abril
Desde ese mes será obligatorio el uso de “Sifere locales” para realizar las declaraciones de Ingresos Brutos.
Vía web
y con clave fiscal en la página de AFIP, es la forma de dar de alta “Sifere locales”.
15 días
desde la publicación del listado es el plazo que otorga la AFIP para realizar la apelación a la recategorización de oficio en monotributo.
El inicio de año suele ser una época donde las novedades abundan. Este verano lo más importante son los cambios introducidos en Ingresos Brutos.

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