El secundario de Río Negro a clases desde el 15

La nueva fecha incluye a todos los establecimientos escolares de la provincia.

El secundario de Río Negro a clases desde el 15

El 15 de marzo comenzarán las clases en las escuelas del nivel secundario de Río Negro incluidas o no en la reforma. En un principio ese inicio estaba fijado para el 13 en aquellas incorporadas a la nueva modalidad de la secundaria y para el 15 a las que no lo están. Ahora se modificó y todas empiezan el 15.

Por otra parte, el Consejo Provincial de Educación emitió dos resoluciones para este período escolar 2017-2018: la N° 978/17 a partir de la cual se realizan algunas modificaciones en el calendario escolar; y la N° 979/17 en la que se determina, por única vez y con carácter de excepcionalidad, que los docentes titulares e interinos designados en la Escuela Secundaria Río Negro que estén usufructuando licencias con goce de haberes podrán hacer reserva en los cargos y horas cátedra designados, entre otros casos.

Con respecto a la primera norma se aprobó la modificación en el anexo II – Marco Institucional Periodo Lectivo Común y Receso Invernal Extendido, de la Resolución Nº 90/17- las actividades previstas vinculadas a la Educación Secundaria en todas sus modalidades de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I, que forma parte de la resolución N° 978/17.

Asimismo, se cambió del anexo III – Actividades Institucionales y Docentes Periodo Escolar Común- las previstas para marzo, de acuerdo a lo establecido en el anexo II, de la nueva resolución emitida por el CPE.

También fue modificado el anexo IV – Actividades Institucionales y Docentes Periodo Escolar Receso Invernal Extendido- las previstas para marzo y mayo, según lo fijado en el anexo III de la resolución N° 978/17.

En tanto la resolución N° 979/17 fijó por única vez y con carácter de excepcionalidad, que los docentes titulares e interinos designados en la Escuela Secundaria Río Negro que estén usufructuando licencias con goce de haberes podrán hacer reserva en los cargos y horas cátedra designados. Asimismo, indica que esta situación no implica alta, toma de posesión ni derecho a percepción de haberes en el nuevo cargo designado.

Además se determinó, también por única vez y con carácter de excepcionalidad, que los docentes titulares e interinos designados en aquel mismo nivel que estén usufructuando licencias con goce de haberes que mantendrán el derecho a la percepción íntegra de haberes en los cargos y/u horas cátedra en los cuales hace uso de licencia; de acuerdo a lo contemplado en el régimen de compatibilidades vigente y de acuerdo a la situación de revista.

Contempló también que las autoridades de los establecimientos escolares dejarán consignado en las planillas de información mensual la reserva del cargo y los motivos que la originaron hasta la toma efectiva de posesión, al solo efecto de que la planilla refleje la realidad institucional.

Esas disposiciones tendrán vigencia hasta tanto el docente esté en condiciones reglamentarias para la toma de posesión efectiva en el cargo designado como máximo hasta la finalización del año calendario en curso. Terminado este último período el Consejo Provincial de Educación analizará las excepcionalidades necesarias.

Esta resolución fijó también, por única vez y con carácter de excepcionalidad, que los docentes titulares e interinos de la Escuela Secundaria que se encuentren usufructuando licencias -artículos 14º, 15º y 21º – Reglamento de Licencias – resolución Nº 233/P/98- tendrán la toma de posesión automática, sin el requisito de la toma de posesión efectiva en el nuevo cargo designado. Por más información se podrá consultar las resoluciones correspondientes con las modificaciones.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios