Un juez revocó la imputación contra Barreno por violación del aislamiento

Bustamante aceptó un planteó de la defensa del legislador y consideró que la acusación penal “debe ser relevante jurídicamente” para avanzar.

El juez de juicio Guillermo Bustamante revocó la imputación contra el legislador y dirigente judicial Pablo Barreno por violación del aislamiento obligatorio.

En su revocatoria, el magistrado consideró que las acusaciones de los fiscales “deben ser relevante juridicamente” y los hechos narrados “no lo son en el mundo penal”, aludiendo que se procura “evitar un absurdo legal”.

Hace algunos días, Barreno fue imputado penalmente por violación al aislamiento obligatorio en mayo pasado, a partir de una denuncia planteada por la entonces presidenta del STJ, Liliana Piccinini ante el Procurador General, Jorge Crespo.

Hoy, inicialmente, Bustamante aceptó ocuparse de la queja planteada por la defensa de Barreno cuando los fiscales -Juan Ramon Peralta y Maricel Viotti- rechazaban ese análisis al entender que no corresponde en el caso de la formulación de cargos.

En cambio, el defensor Diego Sachetti entendió que se debía revisar la situación frente al error procesal cometido en el proceso, a partir de la audiencia cuando Viotti imputó a Barreno, que luego tuvo la aceptación del juez de garantía, Pedro Puntel.

Posteriormente, la audiencia se concentró en la imputación donde la defensa insistió que no se sabe cuál era la acusación ya que Barreno fue a la entrada de tribunales, “no se le permitió ingresar y se retiró”. Recordó su calidad de legislador y gremialista. Los fiscales reiteraron que la sola asistencia significaba una violación a las normas nacionales y provinciales.

Al final, Bustamante entendió las “evidencias eran endebles” y “no alcanzan para demostrar -ni incipientemente-” el hecho penal por el que se lo acusa a Barreno.

La acusación contra el legislador del FdT se centra en su presencia en tribunales el 18 de mayo del 2020, violatoria -según la fiscalía- del aislamiento obligatorio. En la primera audiencia, Viotti le endilgó a Barreno, que además es el secretario general de Sitrajur de la Primera Circunscripción Judicial, el delito tipificado en el artículo 205 del Código Penal referido a la violación de medidas antipandémicas.


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