Pensó que su familia estaba en riesgo y mató a un joven que huía de la Policía en Río Colorado: el STJ dejó en pie su absolución
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó un recurso de queja que había presentado la fiscalía, en su objetivo de revocar la sentencia absolutoria, que quedó ratificada. Para el fiscal del caso, el imputado cometió un homicidio porque la víctima estaba desarmada.
Cerca del mediodía del 7 de septiembre del 2022, Axel Maxiliano Rodríguez escapaba de los policías que lo perseguían en Río Colorado. En su huida, intentó entrar al domicilio de Hernán Sebastián Llavel. Forzó la puerta principal de la casa y otra lateral, pero no pudo ingresar. La familia de Llavel estaba en el interior.
Rodríguez saltó un paredón para acceder al patio. Llavel estaba en el techo del domicilio y pensó que estaba armado. Le disparó con una pistola calibre 22. La bala atravesó el pulmón derecho y quedó alojado en el ventrículo izquierdo del corazón. El joven estaba desarmado y murió por las graves lesiones.
El 13 de septiembre del 2024, un tribunal de juicio de Roca condenó a Llavel a dos años y seis meses de prisión condicional como autor de homicidio simple con exceso en la legítima defensa, junto con la tenencia de arma de fuego de uso civil, sin autorización legal.
La fiscalía, la querella y la defensa recurrieron la sentencia. El 13 de noviembre pasado, los jueces del Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) admitieron el recurso de la defensa, revocaron la condena y absolvieron al imputado, porque entendieron que cometió un homicidio en defensa propia y la de su familia.
Una decisión que no convenció al fiscal
La fiscalía y la querella volvieron a impugnar esa resolución. Reclamaron que el acusado había cometido un homicidio agravado por el uso de arma de fuego y pidieron que sea condenado a la pena mínima de 8 años de prisión, que contempla el Código Penal para el homicidio simple.
El Tribunal de Impugnación Provincial (TIP), con otros jueces, rechazó otra vez los planteos. Además, desestimó la impugnación extraordinaria interpuesta por la fiscalía para que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro controlara lo resuelto por el TIP. Por eso, el fiscal del caso Daniel Zornitta presentó un recurso de queja, que el STJ analizó y rechazó.
El fiscal argumentó que estuvo mal denegada por parte del TIP la impugnación extraordinaria, que le bloqueó el acceso al STJ para que revise la sentencia condenatoria.
Sostuvo que era una resolución «arbitraria». Afirmó que se demostró en el juicio «que la víctima solo intentaba escapar de la persecución policial y que no llevaba arma alguna en su poder».
Lo que resolvió el STJ
Los jueces del STJ Sergio Barotto, Sergio Ceci y su par Liliana Piccinini votaron por desestimar los planteos del fiscal, en una sentencia que dictaron el lunes. Sus pares Cecilia Criado y Ricardo Apcarian se abstuvieron.
«El recurso de queja no puede prosperar pues no rebate lo sostenido en la denegatoria, defecto formal que impide la habilitación de la instancia», dijeron Ceci y Barotto en su voto.
“Resulta del todo insuficiente el desarrollo crítico del funcionario del Ministerio Público Fiscal, que solo hace una referencia general a testimonios que, a su criterio, demostrarían su postura”, advirtieron.
También, lo rechazaron por defectos formales. Señalaron que la queja del fiscal no cumplía con las exigencias que impuso el STJ para ese tipo de recurso.
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