Inocencia fiscal: menos persecución, pero sanciones duras a quienes incumplan, detalló el especialista Carlos Larrondo
El tributarista Carlos Larrondo explicó que el paquete de inocencia fiscal propone un cambio de paradigma: el Estado deja atrás la lógica de la persecución permanente y apuesta al cumplimiento voluntario, con reglas más flexibles, pero sanciones más severas en caso de incumplimiento.
La ley de Inocencia fiscal, propuesta por el Poder Ejecutivo, fue sancionada en el Senado. De esta manera, el gobierno del presidente Javier Milei buscará fomentar el blanqueo de dólares adquiridos en el mercado informal. ¿Qué opinan los especialistas?
Inocencia fiscal: qué opinan los especialistas
Carlos Larrondo, contador especialista en impuestos e integrante de Larrondo, Tonelli y Asociados, explicó que el paquete de Inocencia fiscal propone un cambio de enfoque del Estado: dejar atrás un esquema centrado en la persecución del evasor para pasar a un modelo basado en el cumplimiento voluntario. En este esquema, el contribuyente cumple o no cumple, sin una fiscalización permanente, pero con una contracara clara: si hay incumplimiento y es detectado, las sanciones serán mucho más severas.
Según señaló, se trata de un modelo típico de los países del primer mundo y de economías capitalistas consolidadas, por lo que remarcó que no se está inventando nada nuevo. En ese marco, destacó como un punto positivo la actualización de las condiciones objetivas de punibilidad en la ley penal tributaria, al considerar que el umbral anterior —un millón de pesos para la evasión simple— era ridículo. A su entender, la adecuación de esos montos a la inflación acumulada es “absolutamente festejable”.
Larrondo también valoró la flexibilización de la obligación de la AFIP de realizar denuncias penales, lo que, en términos generales, refuerza un Estado más moderno y menos orientado a la persecución directa. Insistió en que el cambio central es pasar del control permanente al cumplimiento voluntario, con mayor rigor únicamente en los casos de incumplimiento.
Respecto al punto más polémico del paquete, mencionó las multas automáticas, y sostuvo que, por los anuncios oficiales, ese aspecto será moderado. Consideró inviable que las sanciones pasen de montos muy bajos a cifras extremadamente altas, y recordó que el ministro de Economía, Luis Caputo, ya anticipó que ese punto será revisado.
Finalmente, el especialista reiteró que, en líneas generales, los cambios propuestos le parecen positivos, acordes a un Estado más moderno, con reglas más flexibles para el cumplimiento, pero más riguroso cuando se detectan infracciones.
Inocencia fiscal: el Estado cambia el paradigma
Paralelamente, el tributarista César Litvin, consideró que el régimen de inocencia fiscal aprobado ayer introduce, en primer lugar, una cuestión de carácter filosófico vinculada al propio título de la ley. La norma implica un voto de confianza hacia los contribuyentes y marca un cambio de paradigma respecto de la relación histórica entre el fisco y los ciudadanos, que durante las últimas décadas partió del preconcepto de considerar al contribuyente como un evasor.
En ese sentido, el régimen invierte esa lógica y, de manera inédita, habilita al contribuyente a declarar voluntariamente lo que corresponde, sin que el Estado se apoye en una estructura de bases de datos e información que el entrevistado define como casi persecutoria sobre la intimidad económica.
Desde el punto de vista técnico, uno de los ejes centrales del proyecto son las modificaciones al régimen penal tributario, particularmente en relación con los montos punibles sujetos a denuncia penal. Hasta ahora, esos montos estaban totalmente deteriorados por la inflación: cualquier ajuste de inspección superior a 1,5 millones de pesos —un valor fijado en enero de 2018 y nunca actualizado— derivaba automáticamente en una denuncia penal. Con el nuevo esquema, los montos se actualizan y pasan a ser considerados mucho más razonables.
Un segundo aspecto relevante es la creación de un nuevo régimen simplificado del impuesto a las ganancias, que se vincula directamente con los llamados “dólares del colchón”. Quienes opten por este régimen podrán utilizar esos fondos sin consecuencias fiscales, ya que el fisco no solicitará información sobre consumos ni sobre el patrimonio de los contribuyentes adheridos. En los hechos, este mecanismo tendrá efectos similares a un blanqueo, siempre que a partir de su adhesión se declaren todos los ingresos gravados y expuestos al impuesto a las ganancias.
El especialista explicó que las declaraciones juradas bajo este régimen serán considerablemente más simples: se basarán en ingresos menos deducciones admitidas y el impuesto determinado, sin la obligación de informar, como sucede actualmente, el patrimonio inicial, el patrimonio al cierre ni el monto consumido, variables que reflejan el nivel de vida. De esta forma, quienes tengan dólares no declarados y opten por el régimen simplificado contarán con un “bloqueo fiscal hacia atrás”, ya que no se les exigirá justificar incrementos patrimoniales ni niveles de consumo previos.
En tercer lugar, la ley introduce cambios en el régimen de multas por infracciones formales, como la falta de presentación de declaraciones juradas en término o la no respuesta a requerimientos del fisco. Si bien estos montos también estaban desactualizados por la inflación, el entrevistado señala como crítica que las nuevas multas resultan elevadas.
No obstante, el ministro de Economía anticipó que, vía reglamentación, se buscará atenuar su impacto según la envergadura de las empresas, diferenciando entre minipymes, pymes, medianas y grandes compañías. De este modo, las sanciones más altas estarán dirigidas a las grandes empresas, mientras que los montos serán más moderados para las pequeñas y medianas.
Finalmente, el régimen reduce el plazo de prescripción de las obligaciones fiscales de cinco a tres años. Estos son, en términos generales, los principales aspectos del régimen de inocencia fiscal aprobado por el Congreso.
Ley de Inocencia Fiscal: cautela, alivios y críticas
A su turno, el contador Bruno Pecini, también analizó los alcances de la recientemente aprobada Ley de Inocencia Fiscal y se mostró prudente frente a su implementación, aunque destacó algunos cambios positivos y advirtió sobre posibles excesos en el régimen de multas.
“Soy muy cauto todavía. Creo que es un cambio muy grande y que todavía no está claro cómo se va a implementar y cómo se va a hacer”, señaló al referirse al nuevo marco normativo. En ese sentido, remarcó que mantendrá una postura conservadora en el asesoramiento a sus clientes: “En lo personal voy a seguir siendo muy precavido en cuanto a los cambios patrimoniales de los clientes”.
Si bien la ley establece que no se indagará sobre determinados movimientos, advirtió que eso no elimina riesgos futuros. “Que no se pregunte, no quita que ante una futura inspección legal, por algún motivo, puedas tener algún problema”, sostuvo, y subrayó la necesidad de “ser muy cuidadosos por ahora y ver cómo se va aplicando”.
No obstante, reconoció que la norma tendrá efectos inmediatos en el plano penal. “Al tener implicancias penales, la aplicación va a ser inmediata para las cuestiones hoy controvertidas que resulten más benignas”, explicó. Y agregó: “El principio de la ley penal más benigna va a aplicar, por lo que no vamos a tardar tanto en ver cómo se resuelven esas discusiones”.
Aun así, expresó dudas sobre el impacto económico que pueda generar la iniciativa. “No sé si finalmente va a resolver o va a tener los resultados que se buscaron inicialmente de dinamizar la economía”, afirmó.
Entre los aspectos positivos, destacó la actualización de los mínimos de la ley penal tributaria. “Estaban en valores muy bajos. Cualquier persona que tenía alguna discusión con la AFIP ya empezaba discutiendo con la ley penal a cuestas, y eso no me parecía bien”, indicó. En ese marco, valoró que “se hayan actualizado los montos y que ahora se ajusten automáticamente por inflación”.
Sin embargo, fue crítico con el esquema de multas automáticas previsto en la norma. “Las multas se subieron a valores muy altos para cualquier persona, y eso sí me parece un exceso”, advirtió. Según explicó, “hay mucha gente que puede, por algún motivo, no presentar una declaración jurada y que automáticamente le cobren 400 mil pesos, que en muchos casos puede ser más que el impuesto”.
Si bien recordó que el ministro de Economía, Luis Caputo, anticipó que las sanciones serán reglamentadas, aclaró que “en principio la ley habla de otra cosa, y eso es algo que nos preocupa mucho”.
Por último, el especialista se refirió a la implementación de la declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias, otro de los puntos incluidos en la ley. “Es importante, pero también hay que ver cómo se aplica”, aclaró, al señalar que aún no se conocen los aplicativos ni el funcionamiento concreto del régimen.
De todos modos, consideró que la iniciativa va en la dirección correcta. “Antes, todo el mundo tenía que presentar declaraciones de Ganancias, aunque fueran informativas, con variaciones en el consumo y variaciones patrimoniales, y eso era un poco excesivo”, sostuvo.
En ese sentido, concluyó: “Ojalá que el régimen funcione y que presenten aquellos que realmente tengan una carga significativa en el impuesto a las Ganancias”.
La ley de Inocencia fiscal, propuesta por el Poder Ejecutivo, fue sancionada en el Senado. De esta manera, el gobierno del presidente Javier Milei buscará fomentar el blanqueo de dólares adquiridos en el mercado informal. ¿Qué opinan los especialistas?
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