Declararon culpable a un hombre por el abuso sexual de un niño en su entorno familiar

Los magistrados declararon al imputado autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en carácter de delito continuado.

Redacción

Por Redacción

Tras dos jornadas de debate, la justicia penal dictó un veredicto de culpabilidad en un grave caso de violencia intrafamiliar. A partir del pedido formulado por el fiscal del caso, Hernán Scordo, un hombre —identificado por sus iniciales como M.M.O.V.— fue declarado penalmente responsable por el abuso sexual de un niño de su entorno cercano.


La decisión fue adoptada por unanimidad por el tribunal de juicio tras las audiencias celebradas los días 19 y 20 de mayo. Los magistrados declararon al imputado autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en carácter de delito continuado.

La consistencia del relato en Cámara Gesell, una prueba clave


Durante el debate, el fiscal Scordo sostuvo que el testimonio brindado por la víctima a través de la Cámara Gesell fue totalmente consistente y estuvo respaldado por diversos elementos de corroboración. El representante del Ministerio Público Fiscal enfatizó que las declaraciones incorporadas al juicio permitieron acreditar los hechos más allá de toda duda razonable, descartando cualquier indicio de un relato inducido.

Con las pruebas sobre la mesa, el tribunal tuvo por acreditado que los abusos ocurrieron en distintos momentos en los que el imputado ejercía el cuidado del niño. Las conductas de abuso sexual fueron incrementándose en gravedad de manera progresiva hasta concretarse el acceso carnal. Asimismo, los jueces consideraron probado que los episodios sucedieron en el ámbito familiar, aprovechando el contexto de vulnerabilidad derivado del vínculo de confianza entre el condenado y la víctima.

El tribunal descartó que el niño haya sido influenciado


Al momento de dar a conocer el veredicto, la jueza Leticia Lorenzo explicó que se analizaron minuciosamente los cuestionamientos de la defensa, que intentaban instalar la hipótesis de una supuesta contaminación o inducción del testimonio del menor. Al respecto, la magistrada afirmó que no se encontraron signos de un discurso aprendido o influenciado.

Lorenzo remarcó que el relato presentado en la Cámara Gesell “se sostiene internamente” y contiene referencias e indicadores completamente compatibles con una experiencia real y vivida. Añadió que las dificultades, las pausas y las expresiones utilizadas por el niño durante la entrevista son características esperables frente al trauma y no pueden interpretarse como señales de invención.

Por otra parte, el tribunal valoró el hecho de que la denuncia se radicara tiempo después de las primeras intervenciones profesionales, período en el cual el contacto con el ahora condenado se había mantenido.

Cambio de calificación legal y debate de la pena


Si bien el fiscal Hernán Scordo había solicitado originalmente una calificación en concurso real entre distintas figuras de abuso sexual, el tribunal —integrado por la jueza Leticia Lorenzo y los jueces Nazareno Eulogio y Lisandro Borgonovo— resolvió encuadrar los hechos bajo la figura de un único delito continuado de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo.

La sentencia con los fundamentos completos será notificada a las partes en los próximos días. Posteriormente, el proceso avanzará hacia la segunda etapa del juicio —conocida como juicio de cesura—, donde se debatirá y definirá la cantidad de años de pena que le corresponderá cumplir al condenado.


Tras dos jornadas de debate, la justicia penal dictó un veredicto de culpabilidad en un grave caso de violencia intrafamiliar. A partir del pedido formulado por el fiscal del caso, Hernán Scordo, un hombre —identificado por sus iniciales como M.M.O.V.— fue declarado penalmente responsable por el abuso sexual de un niño de su entorno cercano.

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