Caso Daniel Solano II en Río Negro: el STJ dejó firme la condena por vejaciones contra un policía
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro desestimó el recurso de la querella por defectos formales y falta de pruebas. El único condenado del segundo proceso, Walter Echegaray, cumplirá 2 años y medio de prisión en suspenso.
Los magistrados del máximo tribunal provincial desestimaron el planteo de la querella y ratificaron la inhabilitación para el efectivo condenado.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro dictó un fallo que cierra un capítulo en la causa conocida como «Solano II», el segundo proceso por la desaparición del trabajador salteño Daniel Solano en 2011. El máximo tribunal provincial rechazó un recurso de queja interpuesto por la querella, lo que deja firme la condena por vejaciones contra el policía Walter Raúl Echegaray y ratifica las absoluciones de los efectivos Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz.
La resolución, firmada por los jueces Liliana Piccinini, María Cecilia Criado, Sergio Ceci, Sergio Barotto y Ricardo Apcarian, se basó primordialmente en el incumplimiento de requisitos formales establecidos en la normativa judicial vigente y en la incapacidad de la parte acusadora para demostrar la “arbitrariedad” del fallo anterior. Con esta decisión, la justicia provincial agota las instancias ordinarias de revisión sobre las responsabilidades de los agentes que cumplían tareas de adicionales la noche en que Solano fue visto por última vez.
Fallas formales y falta de fundamentación
El eje central del rechazo del STJ radicó en que la presentación del abogado de la querella, Leandro Aparicio, no observó las pautas de la Acordada N° 9/23. Según el tribunal, el escrito omitió datos esenciales como la fecha de notificación de la decisión impugnada, el domicilio actualizado de todas las partes y excedió el límite de renglones permitido por página.
Sin embargo, más allá de los defectos técnicos, el STJ subrayó que la querella no logró rebatir los argumentos del Tribunal de Impugnación (TI). «No basta con alegar la arbitrariedad y citar presuntas normas vulneradas, sino que hay que demostrarla«, recordaron los magistrados en su voto, señalando que los agravios de la querella constituían apenas una «mera discrepancia subjetiva» con la valoración de la prueba realizada originalmente en el juicio de diciembre de 2025.
El TI ya había advertido previamente que el planteo acusatorio se erigía sobre afirmaciones «desprovistas de información corroborante». La querella sostenía que el hecho era «indivisible» y que la conducta de los tres policías fue esencial para la desaparición forzada de Solano, pero el tribunal consideró que no se pudo acreditar de qué manera el accionar de los absueltos influyó en el crimen posterior cometido por otros siete policías ya condenados a perpetua en 2018.
La condena de Echegaray: golpes en la salida del boliche
Con el fallo del STJ, queda firme la sentencia del Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción que declaró a Walter Raúl Echegaray autor responsable del delito de vejaciones.
El agente fue condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, además de una inhabilitación especial de cinco años para ejercer funciones de seguridad o utilizar armas.
Durante el debate, quedó probado que Echegaray participó de una detención abusiva a la salida del local bailable «Macuba Megadisco». Testimonios clave recordaron que Solano fue sacado del local sufriendo golpes y empujones que no tenían justificación. Según el expediente, una testigo vio cómo levantaron a la víctima “como una bolsa de papas” tras caer o ser empujado por las escaleras del boliche.
A pesar de la condena por violencia institucional, Echegaray fue absuelto del cargo de homicidio agravado como partícipe necesario, ya que los jueces consideraron que no existían elementos para probar que tuviera conocimiento del plan de desaparición que se ejecutaría minutos después de entregar a Solano al personal de calle.
Absoluciones ratificadas por el beneficio de la duda
El fallo también confirma la libertad de culpa y cargo para Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz. Ambos estaban acusados de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado. Sin embargo, el tribunal original aplicó el beneficio de la duda al no encontrar pruebas materiales de que estos efectivos supieran de la intención de ocultar el paradero de Solano.
Los jueces Alejandro Pellizzón, Maximiliano Camarda y Natalia González determinaron en su momento que no se pudo ubicar con certeza a Toledo y Muñoz participando de las agresiones o presenciando el momento exacto en que Solano fue subido al móvil policial. Para la Justicia, el hecho de que llamaran a la comisaría para solicitar el móvil se encuadró en el procedimiento habitual ante un disturbio menor, sin que se pudiera probar una «conexión dolosa» con el homicidio.
Un caso que marcó la historia de Río Negro
La resolución del STJ pone un cierre técnico a una de las derivaciones más complejas del caso Solano, que sigue siendo un emblema de violencia estatal en la región. Daniel Solano, trabajador temporario oriundo de Salta, desapareció el 5 de noviembre de 2011 en Choele Choel tras reclamar por las condiciones de explotación laboral en las gamelas.
Si bien la condena por vejaciones reconoce la violencia inicial ejercida por la fuerza, la querella insistió hasta el último recurso que «la escisión del hecho en procesos sucesivos y el análisis fragmentado impidieron una adecuada reconstrucción del acontecimiento». Con la vía provincial agotada -aún resta una posibilidad de recurso de queja ante la Corte-, la sentencia contra Echegaray implica ahora el cumplimiento estricto de reglas de conducta por tres años, incluyendo capacitaciones en derechos humanos.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro dictó un fallo que cierra un capítulo en la causa conocida como "Solano II", el segundo proceso por la desaparición del trabajador salteño Daniel Solano en 2011. El máximo tribunal provincial rechazó un recurso de queja interpuesto por la querella, lo que deja firme la condena por vejaciones contra el policía Walter Raúl Echegaray y ratifica las absoluciones de los efectivos Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz.
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