Perú: otra forma de mirar algunas cosas
El Poder Ejecutivo del Perú –esto es el gobierno democrático encabezado por el izquierdista Ollanta Humala– acaba de promulgar una reforma del Código Penal de su país recientemente aprobada por su Congreso con el propósito de permitir el uso de la fuerza por parte de los militares y policías peruanos, sin que por ello quienes actúan profesionalmente por cuenta y orden del Estado queden de pronto atrapados –como ocurre en otras latitudes– en un pantano judicial personal; lo que transforma a las fuerzas del orden en instituciones que, por esa razón, se resisten enconadamente a cumplir con su deber de mantener o recuperar el orden, cuando ello les es de pronto encomendado. Con el riesgo consiguiente, que es el de dejar a la sociedad toda, de pronto, en una situación de indefensión frente al delito. Mediante ley 30151, publicada el pasado 12 de enero, se acaba de modificar el párrafo 11 del artículo 20 del Código Penal del Perú; para precisar la ya existente inimputabilidad de los agentes peruanos del orden con las siguientes palabras que procuran aclarar, definir y asegurar que ese personal militar y policial está efectivamente exento de toda responsabilidad penal cuando, actuando “en cumplimiento de su deber y en el uso de sus armas, u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte”. Clarísimo. Hablamos de una norma que no alcanza a los políticos. Más de alguna fuerza de seguridad en la Argentina quisiera poder contar, de su lado, con una norma tan clara como la transcripta. Además de mejores salarios. La norma aludida está muy lejos de que, como podría suponer alguno, las fuerzas de seguridad tengan una suerte de “carta blanca” para ponerse a reprimir, sin límite alguno. Porque lo cierto es que existe siempre, en paralelo, un llamado “protocolo” de actuación que debe seguirse en cada ocasión en la que de aplicar la fuerza se trate. Ésta es una forma de ver las cosas algo diferente de la de algunos que sostienen que no debe jamás usarse la fuerza, porque la culpa de los delitos es compartida por la sociedad toda. De lo que deriva que, muchas veces, los delincuentes efectivamente pueden hacer de las suyas sin que jamás enfrenten la responsabilidad que les cabe, porque los guardianes del orden están aterrados por lo que les puede personalmente ocurrir si de cumplir órdenes de reprimir delitos se trata. Todo un tema. Múltiples visiones. Y diferentes perspectivas acerca de cómo enfrentarlo, queda visto. (*) Analista del Grupo Agenda Internacional
GUSTAVO CHOPITEa (*)
El Poder Ejecutivo del Perú –esto es el gobierno democrático encabezado por el izquierdista Ollanta Humala– acaba de promulgar una reforma del Código Penal de su país recientemente aprobada por su Congreso con el propósito de permitir el uso de la fuerza por parte de los militares y policías peruanos, sin que por ello quienes actúan profesionalmente por cuenta y orden del Estado queden de pronto atrapados –como ocurre en otras latitudes– en un pantano judicial personal; lo que transforma a las fuerzas del orden en instituciones que, por esa razón, se resisten enconadamente a cumplir con su deber de mantener o recuperar el orden, cuando ello les es de pronto encomendado. Con el riesgo consiguiente, que es el de dejar a la sociedad toda, de pronto, en una situación de indefensión frente al delito. Mediante ley 30151, publicada el pasado 12 de enero, se acaba de modificar el párrafo 11 del artículo 20 del Código Penal del Perú; para precisar la ya existente inimputabilidad de los agentes peruanos del orden con las siguientes palabras que procuran aclarar, definir y asegurar que ese personal militar y policial está efectivamente exento de toda responsabilidad penal cuando, actuando “en cumplimiento de su deber y en el uso de sus armas, u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte”. Clarísimo. Hablamos de una norma que no alcanza a los políticos. Más de alguna fuerza de seguridad en la Argentina quisiera poder contar, de su lado, con una norma tan clara como la transcripta. Además de mejores salarios. La norma aludida está muy lejos de que, como podría suponer alguno, las fuerzas de seguridad tengan una suerte de “carta blanca” para ponerse a reprimir, sin límite alguno. Porque lo cierto es que existe siempre, en paralelo, un llamado “protocolo” de actuación que debe seguirse en cada ocasión en la que de aplicar la fuerza se trate. Ésta es una forma de ver las cosas algo diferente de la de algunos que sostienen que no debe jamás usarse la fuerza, porque la culpa de los delitos es compartida por la sociedad toda. De lo que deriva que, muchas veces, los delincuentes efectivamente pueden hacer de las suyas sin que jamás enfrenten la responsabilidad que les cabe, porque los guardianes del orden están aterrados por lo que les puede personalmente ocurrir si de cumplir órdenes de reprimir delitos se trata. Todo un tema. Múltiples visiones. Y diferentes perspectivas acerca de cómo enfrentarlo, queda visto. (*) Analista del Grupo Agenda Internacional
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