Ferreyra: confirmaron la condena contra Pedraza y los otros acusados
Ferreyra: confirmaron la condena contra Pedraza y los otros acusados
El máximo tribunal rechazó los planteos de todas las defensas y le asignó así al fallo condenatorio fuerza de cosa juzgada.
La Corte Suprema de Justicia ratificó hoy las condenas contra el sindicalista José Pedraza y el resto de los imputados por el homicidio del militante del Partido Obrero (PO) Mariano Ferreyra, ocurrido el 20 de octubre de 2010 durante un reclamo gremial de trabajadores tercerizados en el barrio porteño de Barracas.
El máximo tribunal rechazó los planteos de todas las defensas y le asignó así al fallo condenatorio fuerza de cosa juzgada.
Los cinco jueces del cuerpo -Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz- rechazaron abrir el “recurso de queja” planteado por las defensas contra el fallo del tribunal oral, primero, y la Cámara Federal de Casación Penal, más tarde, que dispusieron la sentencia, se informó hoy.
Junto con Pedraza, condenado a 15 años de cárcel y hoy con prisión domiciliaria, la Corte ratificó las condenas contra el virtual número dos de Pedraza, Juan Carlos “El Gallego” Fernández, y de los presuntos tiradores, Cristian Daniel Favale y Gabriel Sánchez.
Las condenas que quedaron firmes y sin instancia alguna de apelación por delante son las aplicadas por el Tribunal Oral Criminal 21 a 15 años de prisión a Pedraza y Fernández como instigadores; 18 a Favale, Sánchez y Pablo Díaz como autores materiales de la muerte; 11 a Jorge Daniel González y Salvador Pipitó, y ocho a Claudio Alcorcel.
Los policías federales Luis Mansilla y Jorge Ferreyra fueron condenados a 10 años, y a dos de ejecución condicional fueron sentenciados los uniformados Hugo Lompizano, Luis Echavarría y Gastón Conti. Las condenas se refieren a los delitos de homicidio simple y heridas graves, sufridas por Elsa Rodríguez.
La Corte aplicó lo que en la jerga judicial se conoce como “la plancha del 280”, es decir la aplicación de un artículo del Código Civil y Comercial Federal que declara “inadmisibles” los recursos de apelación.
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