A palabras duras, fallos duros

Ramiro Castiñeira (*)

Finalmente, el juez estadounidense Thomas Griesa elevó a la Cámara su propuesta de pago. Exige que la Argentina realice un depósito judicial por el 100% del capital adeudado más intereses no pagados, antes del 15 de diciembre, monto equivalente a u$s 1.330 millones. Las declaraciones oficiales desde Argentina, sumadas a que el gobierno no hizo ninguna propuesta de pago a la fecha, jugaron un rol preponderante en la decisión del magistrado. Según el fallo, “han ocurrido circunstancias extraordinarias que claramente requieren acción judicial… Los más altos funcionarios han dicho que no se pagarán los bonos de los demandantes… Argentina ha recibido un tratamiento justo durante diez años en los cuales ha prevalecido. La Corte urge a Argentina a discontinuar las amenazas enfermizas desafiantes de las sentencias y que dicha postura desafiante no sólo sería ilegal sino que representaría el peor tipo de irresponsabilidad en su relación con el poder judicial”. Formulada la propuesta de pago por parte del juez, como también la decisión de que la Argentina realice un depósito judicial como garantía de compromiso a respetar lo que finalmente dicte la Justicia, ahora la causa quedó en la Cámara de Apelaciones del segundo circuito de Nueva York, para que confirme o rectifique las decisiones de Griesa en su último fallo. Si la Cámara de Apelaciones termina ratificando la exigencia que el gobierno argentino realice un depósito judicial como garantía de pago por si la causa termina en su contra, entonces sólo en diciembre el gobierno tendrá erogaciones por u$s 5.445 millones entre los pagos de intereses y la exigencia del depósito judicial. En diciembre vencen tres bonos que se emitieron en el canje de deuda entre el 2005 y 2010. Específicamente, el 2 de diciembre pagará intereses el Global 2017 por un total de u$s 42 millones. Luego, el 15 de diciembre, el cupón PBI por un total u$s 3.456 millones y finalmente el 31 de diciembre el bono descuento pagará intereses por u$s 617 millones. Es decir, en diciembre la Argentina tiene compromisos de pago de la deuda pública por poco más de u$s 4.100 millones, los cuales u$s 3.300 son en moneda extranjera (dólar, euro y yenes). Si a ello se suma la exigencia del depósito judicial, la necesidad de moneda extranjera en diciembre se eleva a u$s 4.600 millones, magnitud equivalente al 1% del PBI, pero también al 10% de las reservas internacionales del BCRA y a los pagos de deuda de todo el 2013. No está de más decir que este caso se resolverá en la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos, dado que las partes continuarán apelando los sucesivos fallos y subiendo instancias. La deuda en default entre capital e intereses suma u$s 11.200 millones. Bajo legislación americana está el 67% del total, equivalente a u$s 7.500 millones, los cuales u$s 1.300 se negocian en este caso. Quedan u$s 6.200 millones que esperan desde la gatera su resolución para recibir igual trato mediante la vía judicial de los Estados Unidos. También quedan u$s 3.500 millones bajo legislación inglesa. Por último, un aspecto relevante a favor de la Argentina es que según el juez su fallo no afecta derechos de quienes entraron al canje de deuda de 2005/2010. Específicamente, el magistrado advirtió que “ellos tuvieron la elección de entrar o no, y que al entrar sabían que otros podían no hacerlo y que algunos estaban litigando y podían obtener sentencias favorables por el total del reclamo… No hay injusticia en este resultado”. El punto no es menor dado que el fallo no otorgaría derechos de recibir igual trato a quienes ingresaron al canje por voluntad propia, por lo que no pondría en riesgo el 93% de la deuda ya renegociada. En suma, la deuda en default suma 2,2% del PBI. Ofrecer los términos de 2005/2010 con la misma quita los transformaría en 0,9% del PBI. Éste es el mejor escenario a esperar, pero que se aleja si la Argentina no ofrece otorgar igual trato a quienes quedaron fuera del canje. Aun así, en un hipotético fallo en contra de la Argentina en la Corte Suprema de los Estados Unidos, al margen de la injusticia que ello conlleva y las implicancias internacionales a futuro, de no poner en duda los canjes de deuda del 2005/2010, llevaría la deuda pública en moneda extranjera en manos de privados y organismos internacionales de 15,4% al 17,5% del PBI. La deuda en pesos en manos privadas equivale al 3,9% del PBI. No hay país que entre en default con estos ratios de deuda pública. Por supuesto, el ratio es bajo gracias a los exitosos canjes de deuda del 2005 y 2010 y a las reservas acumuladas en el período de superávits gemelos. (*) Economista en jefe de Econométrica


Ramiro Castiñeira (*)

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