Absolvieron a policía que había sido condenado por falsear planillas para cobrar adicionales

Los jueces del Tribunal de Impugnación Provincial admitieron el recurso de la defensa y revocaron por unanimidad la sentencia condenatoria que había dictado un juez de Bariloche. Advirtieron que el fiscal no había presentado en el juicio la prueba fundamental.

Los jueces del Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) Adrián Fernando Zimmermann, Miguel ÁngelCardella y la jueza Rita Custet Llambí admitieron por unanimidad el recurso que había presentado el defensor oficial Nelson Vigueras y revocaron la sentencia del juez de juicio Gregor Joos. En consecuencia, absolvieron al empleado de la Policía de Río Negro Javier Enrique Huenchual por los hechos que había sido condenado.

Los jueces del TIP advirtieron que en el juicio contra el policía había faltado la prueba esencial para probar el delito que la fiscalía le atribuía. Recordaron que Joos había declarado al empleado policial autor penalmente responsable de los delitos de falsificación de documento público agravado por su condición de funcionario publico, junto con defraudación por sustitución o mutilación de documento.

Según la fiscalía, Huenchual había adulterado planillas durante mayo y junio de 2016, con los adicionales que algunos policías de la comisaría 28 de Bariloche efectuaban en un supermercado local. El imputado cumplía entonces funciones de encargado de operaciones.

Joos condenó el 19 de mayo pasado al empleado policial a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación absoluta para ejercer cargo o empleo publico, con costas. Y le fijó pautas de conducta.

Sin embargo, Vigueras impugnó la sentencia de Joos ante el TIP que le dio la razón. Los jueces del TIP mencionaron que el fiscal del caso Guillermo Lista sostenía que el policía “aprovechando cierta posición de manejo desde su función en operaciones, especialmente en el tema adicionales, modificó las planillas enviadas desde el comercio, cambiando el nombre de quien realizó el servicio por el suyo propio, para luego enviar estas planillas apócrifas a la Regional y así obtener un pago indebido”,

Mientras que el defensor “explicó que en realidad, los agentes que debían efectuar el adicional no concurrían y su defendido los reemplazaba, de manera tal que cobraba lo que le correspondía”.

“Le asiste razón a la defensa cuando sostiene que el fallo tiene como referencia prueba que nunca ingreso al debate del juicio”, advirtieron los jueces del TIP.

“Reiteramos que en nuestra audiencia la Acusación (por el fiscal Lista) dijo que no tenía las planillas y no tenía la pericia, por lo tanto, resulta imposible poder acreditar más allá de toda duda razonable la autoría de un delito del cual no se cuentan con las prueba mínimas y necesarias cuando la Fiscalía es la responsable de acreditar la existencia del hecho establecido en la acusación”, destacaron los jueces en la sentencia que dictaron el 28 de julio último.

Recordaron que el relato de los hechos atribuidos al acusado hablaba “de confección de planillas, con inserción de nombre y firmas que no prestaron servicios, falsificación de firmas de otros empleados policiales”. “De qué falsificación hablamos cuando no existe ninguna prueba que lo acredite. La consecuencia es inevitable, el hecho carece de prueba que lo acrediten”, aseguraron.


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