Falleció en un choque y su hijo debería pagar mas de un millón y medio
El hecho sucedió en el 2011 en la Ruta 151, cercano a Cinco Saltos.
El Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº 3 de Cipolletti condenó al hijo del responsable de un accidente que ocurrió en julio del 2011 sobre la ruta 151, en el cual fallecieron sus padres. Deberá pagar $ 1.616.698.
El hecho, según está expresado en el fallo que emitió el juzgado, sucedió el 31 de julio en la ruta 151 en el kilometro 21, en cercanías a un camino vial que permite el acceso a chacras. El siniestro ocurrió a las 20:15 horas cuando la camioneta pick-up Mitsubishi, que circulaba en sentido sureste a noroeste intentó virar a la izquierda y se cruzó de carril.
En el sentido norte – sur circulaba la Chvrolet Meriva en la que viajaba un matrimonio con sus dos hijos, de corta edad. El conductor del mismo intento evitar el impacto, lo cual quedó evidenciado en una frenada sobre la calzada de no menos de 30 metros. A razón de la colisión la mujer acompañante de la Mitsubishi falleció en el acto, y su pareja perdió la vida horas mas tarde en el Hospital de Cipolletti.
En razón del espectacular y trágico hecho, y en una primera instancia, el conductor de la Meriva fue imputado por “homicidio culposo”, pero resultó absuelto luego de que las pericias demostraran que la responsabilidad del siniestro fue del conductor de la Mitsubishi, quien perdió la vida en el hecho.
Ante esta circunstancia, la jueza Soledad Peruzzi expresó que “resulta determinante, por su incidencia sobre la responsabilidad en el evento, que la colisión se haya producido en el carril de circulación reglamentario de los actores”, y reconoció que deberá “concluir del mismo modo en que lo hace el perito aquí actuante”, ya que “por los daños que presentaron los vehículos, las huellas y rastros que quedaron en el lugar, el hecho se produce debido a la maniobra de giro a la izquierda que realiza la camioneta Mitsubishi”, ante lo que “el conductor del automóvil (Meriva) trata de evitar el choque, realizando maniobra evasiva de detención por frenado sin alcanzar a detener el vehículo antes del lugar de impacto”. En razón a lo que expuso la magistrada, afirmó que “cabe hacer recaer la responsabilidad en el siniestro, en la conducta desplegada por la víctima, conductor de la camioneta, y consecuentemente a su sucesor demandado en autos; y a la compañía de seguros citada en garantía, que cubría los riesgos del vehículo, todo en la medida del seguro que se ha reconocido”.
De esta forma, la demanda recaerá sobre el hijo de la conocida pareja de productores que fallecieron en aquel entonces. Es importante recordar que el fallecido padre, era ampliamente conocido por la comunidad de Cinco Saltos, a raíz de su participación en la Cámara de Producción, así como también pasó a integrar el Consejo de Seguridad de Cinco Saltos. Además, en momentos previos a su deceso, el difunto integró la lista de candidatos para el Tribunal de Cuentas, por el Movimiento Vecinal Independiente de Cinco Saltos (Movin) para las elecciones municipales, que se avecinaban poco después del fatal accidente.
En base a todo lo que se expuso durante la investigación, la jueza dispuso que la demanda debía prosperar por la suma de $ 1.616.698, resultando condenados tanto la empresa aseguradora como el sucesor del responsable del siniestro.
La suma esta comprendida por varios rubros, entre ellos el de “lesiones físicas”, ya que la mujer que viajaba a bordo del Meriva sufrió, a raíz del accidente, lesiones físicas que le ocasionaron una incapacidad del orden de 47,20 %. Lo mismo sucedió con uno de los niños menores de edad, y la incapacidad fue del 23,50%. Otro factor considerado por la juez fue el “daño moral”, ante lo que Peruzzi consideró $ 50.000 pesos, para uno de los niños $ 20.000 pesos, para otro de los menores $ 10.000 pesos y para el conductor también $ 10.000 pesos. En lineas generales, lo montos fueron distribuidos de la siguiente manera: para la mujer $730.943, para su marido, el conductor de la Meriva $ 58.000 y para los hijos menores $ 817.755 y $ 10.000 respectivamente. La suma total (incluido el valor del vehículo) arroja 1.616.698 pesos.
El fallo fue firmado el 6 de mayo y se apeló ante la Cámara de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción el 17 de mayo. Se espera una resolución definitiva.