En detalle: así será el pago de ganancias durante el 2021

El mínimo no imponible subirá un 35%, acorde al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

Redacción

Por Redacción

Aunque AFIP todavía no publicó los números oficiales, ya es posible calcular cómo será el nuevo esquema tributario del impuesto a las ganancias en el año 2021.

El mínimo no imponible (MNI) subirá 35,38% a partir de enero y para todo el año, a partir de la publicación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) de octubre que, de acuerdo a la ley, es la que rige los incrementos.

De esta manera, un empleado soltero que gane más de $74.810 netos al mes comenzará a tributar este impuesto, mientras que un empleado casado con dos hijos lo hará a partir de los $98.963,20, según cálculos del tributarista César Litvin, publicados por la agencia Télam.

El dato a saber

500
Dólares representa el piso de ganancias de 2021, si se tiene en cuenta el monto de la divisa paralela.

Esta actualización se encuentra casi 10 puntos porcentuales por debajo de la establecida para 2020, la cual fue de 44,28%, y que llevó a los empleados solteros a tributar a partir de un neto de $55.261 al mes, mientras que para los casados el umbral de pago se elevó a $64.415 con un hijo, y a $73.014 pesos si tenían dos.

A partir de 2021, un soltero sin hijos pagará ganancias a partir de un sueldo bruto de $90.135 (neto antes de ganancias de $74.812); y un casado con dos hijos y esposa que trabaja (con sueldo neto superior a $12.898) lo hará a partir de un sueldo bruto de $104.748 (neto antes de ganancias de $86.941).

Un empleado con esposa sin ingresos (o sueldo neto menor a $12.898) deberá hacerlo a partir de un sueldo bruto de $119.236 (neto antes de ganancias de $98.996), calculó por su parte la tributarista y socia de la consultora SMS Buenos Aires, Adriana Piano.

Las retenciones se calculan sobre los sueldos netos ya que los descuentos como el aporte jubilatorio y el pago de la obra social no son base imponible.

Algunos especialistas discuten los términos del cálculo vigente. «Con esta escala de inflación debería ser de actualización semestral y no anual. Con esta inflación con cualquier recuperación posterior que se haga del salario, una parte de esa recuperación va a generar que una parte vaya al Estado y la otra al trabajador», consideró Litvin.

También opinó que «en vez del Ripte hay que utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Desde que se utiliza este índice ya se lleva un 62% de retraso respecto al IPC. Los autónomos están siendo perjudicados porque tienen deducciones menores que los asalariados».


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