Condenaron a un hombre a 9 años y 6 meses de prisión por abusos a una menor

Condenaron a 9 años y 6 meses de prisión efectiva a un hombre que abusó sexualmente de una menor en Villa Regina.

Un hombre recibió una condena de prisión efectiva de 9 años y 6 meses de prisión por abusar sexualmente de la hija menor de quien fuera su pareja, hechos que ocurrieron entre 2012 y 2018 en Villa Regina. La imposición de la pena había sido solicitada por los representantes del Ministerio Público y ratificada por los jueces de juicio en la audiencia que se desarrolló hoy.

Los abusos ocurrieron en distintos momentos a lo largo de los seis años en los que hombre condenado era pareja de la madre de chiquita, aprovechando los momentos en los que quedaba a la guarda de la menor.

De acuerdo a la investigación realizada por el Ministerio Público, los hechos comenzaron cuando la nena tenía tan solo 10 años y se repitieron a los 14 y 16 años.

Sobre el hombre ya pesaba la condición de responsable por “abuso sexual simple agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con la menor, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con la menor, dos hechos en concurso real”, de acuerdo a la calificación solicitada por las fiscales Graciela Echegaray y Vanesa Cascallares.

En la audiencia de cesura para la imposición de la pena, las fiscales ratificaron la calificación legal y solicitaron la imposición de la pena de 9 años y seis meses de prisión efectiva, mientras que Juan Pablo Chirinos, defensor oficial del condenado, solicitó una reducción de la pena considerando la situación de escasa escolaridad del hombre.

No obstante, los jueces de juicio consideraron los argumentos planteados por la fiscal Graciela Echegaray, que remarcó que al momento de imponer la pena se debería tomar como agravante del hecho “ el marco de confianza generado por el autor respecto de la niña, buscando su vulnerabilidad en lugares específicos de la casa donde convivía con su madre y sus hermanos, todo para cometer el delito”.

A esto sumó la condición de escasa edad de la chiquita abusada, ya que el primer hecho ocurrió cuando solo tenía 10 años y volvieron a repetirse cuando tenía 14 y 16 años. “Los hecho fueron probados en el juicio; la figura legal además se agrava por la diferencia de edad con el imputado, la condición de niña de la víctima, teniendo presente entonces la asimetría existente entre ambos y siempre considerando la perspectiva de género”.

Echegaray insistió además al solicitar la pena que “el entorno social de la víctima que ha sido totalmente quebrantado, la grave afectación en relación al vínculo de la joven con su grupo familiar y las condiciones personales del imputado que le permiten distinguir claramente el proceso penal en su contra”.


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