Condenas confirmadas para exfuncionarios provinciales
El STJ avaló la sentencia de tres años en suspenso para Mozzoni, Contreras y Parra, funcionarios durante la gestión Saiz.
Condenas confirmadas para exfuncionarios provinciales
Las condenas contra tres ex funcionarios de la gestión de Miguel Saiz fueron ratificadas por el Superior Tribunal de Justicia por la contratación irregular de publicidad del Estado provincial en favor de una empresa propiedad de una de ellos.
La Cámara en lo Criminal de Viedma había condenado al ex ministro de Turismo, Omar Contreras, al ex Secretario de Medios, Claudio Mozzoni y a la Delegada de Prensa de la Secretaría de Medios en Bariloche, Susana Beatriz Parra, a la pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de cargos públicos.
En el caso de Contreras y Mozzoni, fueron hallados autores del delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública provincial en concurso ideal con el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Parra, en cambio, fue condenada por ser partícipe necesaria del mismo delito.
Mozzoni otorgó en forma irregular pautas publicitarias del Estado Provincial a favor de Al Kabir SRL, sociedad que era propiedad de la propia Parra, socia gerente, que a su vez resultaba ser en esa época funcionaria a cargo de la Delegación Bariloche de la Secretaría de Medios.
La difusión institucional debía emitirse en un programa de entrevistas los domingos a las 14 por Canal 6 Bariloche.
Según la imputación el acto administrativo se hizo “a sabiendas de que dicha contratación no podía ser celebrada en tanto Al Kabir SRL en realidad representaba a Parra quien era a la fecha funcionaria pública en el área de la Secretaría de Comunicación. En tanto conocían que el programa no era emitido, y que la contraprestación no sería prestada”.
Además, se atribuyó al ex ministro de Turismo, según la acusación, asignarle “ilegítimamente pauta publicitaria” a Al Kabir, mientras que Mozzoni participó justificando la razonabilidad del precio. En ese caso se trataba de supuestos spots promocionales que no fueron realizados.
El voto rector recayó sobre el juez del STJ Sergio Barotto. Su solución del caso propuesta contó con la adhesión de los jueces Enrique Mansilla y Ricardo Apcarián.
Para el STJ las menciones institucionales no fueron emitidas tal como habían sido contratadas.
Sostuvo que “resulta suficiente que los sujetos activos conocieran que las conductas realizadas no estaban autorizadas por el ordenamiento legal pues violaban el deber de prudencia y cuidado en el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios del Estado y perjudicaban los intereses confiados”.
El máximo tribunal coincidió en que Mozzoni y Contreras “operaron con la manifiesta intención de (…) favorecer a otro funcionario de su gobierno, la coimputada Parra y tal actividad se observa encarnada en ocasión de contratar la pauta oficial, causando de esa forma un perjuicio patrimonial al Estado Provincial”. Agrega que “el plexo fáctico indiciario es concluyente: Mozzoni sabía que al contratar con Al Kabir SRL lo estaba haciendo por intermedio de su representante y en beneficio de Susana Parra”.
El caso del ex ministro de Turismo es el más complicado ya que a pesar de que por esta causa no irá a prisión en lo inmediato, existen al menos otros dos expedientes en los que fue precesado por presuntas irregularidades al frente de su cartera, como también el voluminoso caso de los “sobresueldos” que lo involucra junto a un decena de ex funcionarios de aquel momento.
En caso de sumarse nuevas condenas su libertad estaría en serio riesgo.
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