Confirmaron la condena contra el basquetbolista que abusó de una niña en Roca
El Tribunal de Impugnación rechazó el recurso presentado por la defensa de Facundo Brizuela. De esta manera confirmó la condena del juez Maximiliano Camarda de 3 años de prisión en suspenso.
La Justicia de Río Negro confirmó, este miércoles, la condena contra el jugador de básquet Facundo Brizuela quien en octubre de este año había sido declarado autor responsable del abuso sexual de una niña de 4 años, en General Roca. Por unanimidad, el Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Carlos Mussi, Adrián Zimmermann y Miguel Ángel Cardella y constituido en Viedma, rechazó el recurso presentado por la defensa de Brizuela y confirmó la resolución del juez Maximiliano Camarda del pasado 13 de octubre.
Brizuela fue hallado autor del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo, por la guarda y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con un menor de 18 años. Por este hecho fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
La defensa de Brizuela, representada por la abogada Mariana Serra, planteó que el fallo era arbitrario y solicitó la absolución de su cliente. Sostuvo que no quedó demostrada la existencia del hecho, la responsabilidad de su defendido y que el testimonio de la víctima en Cámara Gesell estuvo contaminado.
La fiscal Belén Calarco rechazó este planteo y destacó que el juez Camarda había hecho un análisis integrado de toda la prueba y con perspectiva de género. En el mismo sentido se expresó la Defensora de Menores María Estela Aroca quien consideró que la sentencia había tenido en cuenta la perspectiva de niñez y el interés superior de la niña.
El Tribunal confirmó la sentencia de Camarda porque «se ajusta a derecho, por cuanto realiza el análisis de la prueba rendida en debate con una visión de conjunto».
Aseguró que la impugnación de la defensa «se basa en la propia interpretación de los hechos», que además cuestiona el testimonio de la víctima y que esto último no sólo es fragmentado sino que «se prescinde de todos
los restantes elementos de la causa y particularmente del enfoque de género».
En cuanto a la cuestión de género, el fallo aclara que dicha perspectiva «no implica flexibilizar los estándares de prueba en orden al principio de inocencia, sino que implica un análisis integral que sopese el contexto de los hechos, las relaciones entre las partes y la prueba generada, sin perder de vista las desigualdades entre hombres y mujeres«.
«Sabido es que en los casos de abusos sexuales, el testimonio de la víctima se erige en prueba fundamental pero sólo habilitará una condena cuando existan elementos corroborantes que de “modo independiente” aporten solidez a la versión de la acusación», aclaró.
Facundo Brizuela, fue denunciado por su expareja, cuando disputaba el Torneo Federal de Básquet y vestía la camiseta del Club Del Progreso.
Los abusos ocurrieron en Roca durante los meses de enero y febrero de 2019, cuando la niña estaba bajo el cuidado del acusado.